III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Impacto ambiental. (BOE-A-2011-10584)
Resolución de 2 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Obra civil del centro energía eléctrica de las instalaciones de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla en Turrilla, Albacete.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Viernes 17 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 62849

objetivo de determinar la necesidad o no de sometimiento al procedimiento de evaluación
de impacto ambiental.
Una vez analizada esta documentación, la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural, y Marino consideró que existían
algunos aspectos que no habían sido tratados con el grado de detalle adecuado. Por ello
con fecha 16 de junio de 2009 se solicitó al promotor información complementaria a esta
documentación ambiental, en relación a la definición, características y ubicación del
proyecto, estudio de alternativas, análisis de impactos potenciales en el medio ambiente,
medidas preventivas, correctoras o compensatorias para la adecuada protección al medio
ambiente y la forma de realizar el seguimiento que garantice el cumplimiento de las
indicaciones y medidas protectoras y correctoras contenidas en el documento.
Con fecha 28 de mayo de 2010 se recibe en la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural, y Marino, el proyecto
completado con la información solicitada.
Posteriormente, el 18 de junio de 2010 se inicia, por parte del Ministerio de Medio
Ambiente, la fase de consultas previas en relación con el proyecto.
En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase,
señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con la memoria
resumen:
Relación de organismos consultados

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino . .
Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía de la Junta de Comunidades
de Castilla La-Mancha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de
Comunidades de Castilla La-Mancha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Dirección General de Política Forestal de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades
de Castilla La-Mancha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Organismo Autónomo de Espacios Naturales de Castilla La-Mancha de la Conserjería de Industria, Energía y Medio
Ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Subdelegación del Gobierno en Albacete . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Ayuntamiento de Nerpio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Universidad de Castilla La-Mancha, Facultad de Ciencias del Medio Ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Greenpeace . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Ecologistas en Acción de Albacete . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Ecologistas en Acción Coda (Confederación Nacional) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Respuestas
recibidas


X
X
X








En las contestaciones recibidas, destacan las siguientes:

La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Industria, Energía
y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha considera que,
completando las medidas recogidas en el documento ambiental con las propuestas en su
informe, es suficiente con efectuar la evaluación de impacto ambiental indicada en la
sección 2.ª del Capítulo II, artículos 16 y 17, del texto refundido de la Ley de evaluación de
impacto ambiental de proyectos.
Entre esas medidas propuestas, indica que se deberá señalizar la zona ocupada por
las obras de forma previa a la ejecución de los trabajos y en presencia de personal de la
consejería y se evitará en todo caso la ubicación de acopios y de instalaciones auxiliares
en las proximidades de los cauces.
Los vertidos procedentes de las labores de mantenimiento de la maquinaria empleada
en obra, concretamente los aceites usados, deberán ser almacenados en bidones,
posteriormente recogidos y transportados por gestor autorizado para su posterior

cve: BOE-A-2011-10584

La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Industria, Energía
y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: