III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Impacto ambiental. (BOE-A-2011-10583)
Resolución de 2 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Concesión de aguas superficiales a derivar de la Laguna de la Parra, término municipal de Cañada del Hoyo (Cuenca), con destino a riego.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62845
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL
Y MARINO
10583
Resolución de 2 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio
Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Concesión
de aguas superficiales a derivar de la Laguna de la Parra, término municipal de
Cañada del Hoyo (Cuenca), con destino a riego.
El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado
por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, prevé que los proyectos públicos o
privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra
actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo
I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben
ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles
afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1ª del capítulo II
de dicha Ley.
El proyecto Concesión de aguas superficiales a derivar de la Laguna de la Parra en el
término municipal de Cañada del Hoyo (Cuenca) con destino a riego, se encuentra
encuadrado entre los comprendidos en el artículo 3.2 b) proyectos públicos o privados no
incluidos en el anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red
Natura 2000 del Real Decreto Legislativo 1/2008.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo
El proyecto, cuyo promotor es don Simón Guadalajara Solera (DNI 4526949C), con
domicilio en Parque se San Julián 15, 3º izq., 16001 Cuenca, y cuyo órgano sustantivo es
la Confederación Hidrográfica del Júcar, consiste en la extracción y derivación de un caudal
procedente de la Laguna de la Parra, situada en la parcela 61 del polígono 10, dentro del
término municipal de Cañada del Hoyo (Cuenca). Esta extracción no será en ningún caso
superior a un volumen de 26 m3/año, distribuidos entre otoño-invierno (6 m3) y primaveraverano (20 m3). La extracción se realizará mediante un equipo de bombeo, con motor de
gasolina de 5CV y con un caudal máximo de 1l/sg, un depósito de obra de 10 m3 y otro de
fibra de 2 m3 y conducciones desde los depósitos hasta las casas, de 300 metros de
longitud.
El punto de toma de las aguas se encuentra dentro de la Red Natura 2000 Serranía de
Cuenca (ES4230014) y en el Monumento Natural Lagunas de Cañada del Hoyo.
Tramitación y consultas
El expediente de concesión ha sido objeto, el 29 de septiembre de 2008, de informe
favorable de la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del
Júcar.
Con fecha de 14 de octubre de 2008 la Confederación Hidrográfica del Júcar requiere
informe a la Comunidad Autónoma, en cumplimiento del artículo 110 de R.D. 848/86, del
Reglamento de Dominio Público Hidráulico.
Como resultado del trámite de información pública del proyecto realizado por la
Confederación Hidrográfica del Júcar, cuya fecha de finalización fue el 20 de febrero de
2009, en el expediente remitido figuran informes de la Consejería de Agricultura y Desarrollo
Rural, de 10 de noviembre de 2008; de la Consejería de Industria, Energía y Medio
Ambiente, de fecha 18 de febrero de 2009 en el que se menciona que el proyecto se
cve: BOE-A-2011-10583
2.
Núm. 144
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62845
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL
Y MARINO
10583
Resolución de 2 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio
Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Concesión
de aguas superficiales a derivar de la Laguna de la Parra, término municipal de
Cañada del Hoyo (Cuenca), con destino a riego.
El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado
por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, prevé que los proyectos públicos o
privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra
actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo
I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben
ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles
afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1ª del capítulo II
de dicha Ley.
El proyecto Concesión de aguas superficiales a derivar de la Laguna de la Parra en el
término municipal de Cañada del Hoyo (Cuenca) con destino a riego, se encuentra
encuadrado entre los comprendidos en el artículo 3.2 b) proyectos públicos o privados no
incluidos en el anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red
Natura 2000 del Real Decreto Legislativo 1/2008.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo
El proyecto, cuyo promotor es don Simón Guadalajara Solera (DNI 4526949C), con
domicilio en Parque se San Julián 15, 3º izq., 16001 Cuenca, y cuyo órgano sustantivo es
la Confederación Hidrográfica del Júcar, consiste en la extracción y derivación de un caudal
procedente de la Laguna de la Parra, situada en la parcela 61 del polígono 10, dentro del
término municipal de Cañada del Hoyo (Cuenca). Esta extracción no será en ningún caso
superior a un volumen de 26 m3/año, distribuidos entre otoño-invierno (6 m3) y primaveraverano (20 m3). La extracción se realizará mediante un equipo de bombeo, con motor de
gasolina de 5CV y con un caudal máximo de 1l/sg, un depósito de obra de 10 m3 y otro de
fibra de 2 m3 y conducciones desde los depósitos hasta las casas, de 300 metros de
longitud.
El punto de toma de las aguas se encuentra dentro de la Red Natura 2000 Serranía de
Cuenca (ES4230014) y en el Monumento Natural Lagunas de Cañada del Hoyo.
Tramitación y consultas
El expediente de concesión ha sido objeto, el 29 de septiembre de 2008, de informe
favorable de la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del
Júcar.
Con fecha de 14 de octubre de 2008 la Confederación Hidrográfica del Júcar requiere
informe a la Comunidad Autónoma, en cumplimiento del artículo 110 de R.D. 848/86, del
Reglamento de Dominio Público Hidráulico.
Como resultado del trámite de información pública del proyecto realizado por la
Confederación Hidrográfica del Júcar, cuya fecha de finalización fue el 20 de febrero de
2009, en el expediente remitido figuran informes de la Consejería de Agricultura y Desarrollo
Rural, de 10 de noviembre de 2008; de la Consejería de Industria, Energía y Medio
Ambiente, de fecha 18 de febrero de 2009 en el que se menciona que el proyecto se
cve: BOE-A-2011-10583
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