I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Tributos cedidos. (BOE-A-2011-10542)
Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de tributos cedidos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Viernes 17 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 62570

promulgación de las sucesivas leyes, como la Ley General Tributaria o la Ley de Cesión
de Tributos.
Por tanto, en virtud de la autorización concedida en la disposición final primera de la
Ley 13/2009, de 23 de diciembre, de medidas en materia de tributos cedidos, tributos
propios y medidas administrativas para el año 2010, a propuesta de la Consejera de
Economía y Hacienda, de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia, y
previa deliberación y acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de fecha 5 de
noviembre de 2010, dispongo:
Artículo único.

Aprobación del Texto Refundido.

Se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de
Murcia en materia de Tributos Cedidos.
Disposición transitoria única.

Régimen aplicable a los hechos imponibles.

Los hechos imponibles declarados a partir de la entrada en vigor del presente Texto
Refundido se regularán por la legislación vigente en el momento del devengo.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

a) Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, presupuestarias y
administrativas: artículos 1 al 3; Disposición Adicional Segunda; Disposiciones Transitorias
Primera y Segunda.
b) Ley 11/1998, de 28 de diciembre, de Medidas Financieras, Administrativas y de
Función Pública Regional: artículos 1 al 3; Disposición Adicional Segunda; Disposición
Transitoria Primera y Segunda.
c) Ley 9/1999, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias y de Modificación de
diversas Leyes regionales en materia de Tasas, Puertos, Educación, Juego y Apuestas y
Construcción y Explotación de Infraestructuras: artículos 1 al 3; Disposición Adicional
Segunda.
d) Ley 7/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Tributarias y en materia de Juego,
Apuestas y Función Pública: artículos 1 y 2; Disposición Transitoria Primera.
e) Ley 7/2001, de 20 diciembre, de Medidas Fiscales en materia de Tributos Cedidos
y Tasas Regionales: artículos 1 y 2; Disposición Adicional Primera; Disposición Transitoria.
f) Ley 15/2002, de 23 de diciembre, de Medidas Tributarias en Materia de Tributos
Cedidos y Tasas Regionales (año 2003): artículos 1 al 6; Disposición Transitoria.
g) Ley 4/2003, de 10 de abril, de Regulación de los tipos aplicables en el Impuesto
sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados a las viviendas
acogidas al Plan de Vivienda Joven de la Región de Murcia, excepto su Disposición
Adicional Primera.
h) Ley 8/2003, de 21 de noviembre, de establecimiento de una deducción autonómica
en el impuesto sobre sucesiones y donaciones para las adquisiciones «Mortis causa» por
descendientes y adoptados menores de veintiún años.
i) Ley 8/2004, de 28 de diciembre, de medidas administrativas, tributarias, de tasas y
de función pública: artículos 1 al 9, excepto el 6; Disposiciones Transitorias Primera y
Segunda.
j) Ley 9/2005, de 29 de diciembre, de Medidas Tributarias en materia de Tributos
Cedidos y Tributos Propios año 2006: artículos 1 al 4; Disposiciones Transitorias Primera
y Segunda.
k) Ley 4/2006, de 26 de mayo, de establecimiento de una bonificación autonómica en
el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para
determinadas operaciones realizadas por las comunidades de usuarios de agua de la
Región de Murcia.

cve: BOE-A-2011-10542

En virtud de su incorporación al Texto Refundido que se aprueba por este Decreto
Legislativo, quedan derogadas las siguientes disposiciones: