III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2011-10514)
Resolución de 3 de junio de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Cargotec Iberia, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Jueves 16 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61950
con los que asistan teniendo voto únicamente un numero paritario de los vocales presentes,
sean titulares o suplentes.
Acuerdos.–Los acuerdos o resoluciones serán adoptados por unanimidad por la
Comisión Paritaria del convenio y tendrán carácter vinculante si bien no impedirán en
ningún caso el ejercicio de las acciones que puedan utilizarse por las partes ante las
autoridades administrativas y judiciales previstas en la normativa vigente.
ANEXO 1
(Vigencia 1 de enero de 2011)
Categoría Profesional
Salario Base
Prima
de Convenio
Total Mensual
Total Anual
1.373,23
1.361,59
1.154,59
1.154,59
1.123,99
1.123,99
1.086,51
1.053,49
752,79
465,56
502,18
502,18
454,54
424,80
423,34
366,63
2.126,02
1.827,15
1.656,77
1.656,77
1.578,53
1.548,79
1.509,85
1.420,12
29.764,28
25.580,10
23.194,78
23.194,78
22.099,42
21.683,06
21.137,90
19.881,68
1.123,99
989,90
427,28
417,98
1.551,27
1.407,88
21.717,78
19.710,32
1.373,23
1.361,59
752,79
657,09
2.126,02
2.018,68
29.764,28
28.261,52
Administrativos
528
535
537
538
539
544
545
550
Jefe de Departamento . . . . . . . . .
Jefe de Primera . . . . . . . . . . . . . .
Jefe de Producto . . . . . . . . . . . . .
Jefe de Segunda . . . . . . . . . . . . .
Oficial de Primera . . . . . . . . . . . .
Vendedor . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Oficial de Segunda . . . . . . . . . . .
AuxililarAdministrativo . . . . . . . . .
Subalternos
571
577
Almacenero . . . . . . . . . . . . . . . . .
Ordenanza . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Técnicos
588
587
Ingeniero Superior . . . . . . . . . . . .
Ingeniero Técnico . . . . . . . . . . . .
ANEXO 2
(Vigencia 1 de enero de 2011)
Salario base
Mensual
Salario base Anual
Hora Extra
Jefe de Taller . . . . . . . . . . . . . . . . .
Subjefe de Taller . . . . . . . . . . . . . .
Oficial 1.ª Taller . . . . . . . . . . . . . . .
Oficial 2.ª Taller . . . . . . . . . . . . . . .
Oficial 3.ª Taller . . . . . . . . . . . . . . .
Aprendiz de Taller . . . . . . . . . . . . .
Administrativo de Taller . . . . . . . . .
2.040,20
1.785,18
1.428,14
1.224,12
1.122,11
1.020,10
1.224,12
28.562,80
24.992,52
19.993,96
17.137,68
15.709,54
14.281,40
17.137,68
–
–
20,83
17,86
16,36
14,88
17,86
cve: BOE-A-2011-10514
590
591
593
595
596
598
599
Personal de Talleres
http://www.boe.es
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con los que asistan teniendo voto únicamente un numero paritario de los vocales presentes,
sean titulares o suplentes.
Acuerdos.–Los acuerdos o resoluciones serán adoptados por unanimidad por la
Comisión Paritaria del convenio y tendrán carácter vinculante si bien no impedirán en
ningún caso el ejercicio de las acciones que puedan utilizarse por las partes ante las
autoridades administrativas y judiciales previstas en la normativa vigente.
ANEXO 1
(Vigencia 1 de enero de 2011)
Categoría Profesional
Salario Base
Prima
de Convenio
Total Mensual
Total Anual
1.373,23
1.361,59
1.154,59
1.154,59
1.123,99
1.123,99
1.086,51
1.053,49
752,79
465,56
502,18
502,18
454,54
424,80
423,34
366,63
2.126,02
1.827,15
1.656,77
1.656,77
1.578,53
1.548,79
1.509,85
1.420,12
29.764,28
25.580,10
23.194,78
23.194,78
22.099,42
21.683,06
21.137,90
19.881,68
1.123,99
989,90
427,28
417,98
1.551,27
1.407,88
21.717,78
19.710,32
1.373,23
1.361,59
752,79
657,09
2.126,02
2.018,68
29.764,28
28.261,52
Administrativos
528
535
537
538
539
544
545
550
Jefe de Departamento . . . . . . . . .
Jefe de Primera . . . . . . . . . . . . . .
Jefe de Producto . . . . . . . . . . . . .
Jefe de Segunda . . . . . . . . . . . . .
Oficial de Primera . . . . . . . . . . . .
Vendedor . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Oficial de Segunda . . . . . . . . . . .
AuxililarAdministrativo . . . . . . . . .
Subalternos
571
577
Almacenero . . . . . . . . . . . . . . . . .
Ordenanza . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Técnicos
588
587
Ingeniero Superior . . . . . . . . . . . .
Ingeniero Técnico . . . . . . . . . . . .
ANEXO 2
(Vigencia 1 de enero de 2011)
Salario base
Mensual
Salario base Anual
Hora Extra
Jefe de Taller . . . . . . . . . . . . . . . . .
Subjefe de Taller . . . . . . . . . . . . . .
Oficial 1.ª Taller . . . . . . . . . . . . . . .
Oficial 2.ª Taller . . . . . . . . . . . . . . .
Oficial 3.ª Taller . . . . . . . . . . . . . . .
Aprendiz de Taller . . . . . . . . . . . . .
Administrativo de Taller . . . . . . . . .
2.040,20
1.785,18
1.428,14
1.224,12
1.122,11
1.020,10
1.224,12
28.562,80
24.992,52
19.993,96
17.137,68
15.709,54
14.281,40
17.137,68
–
–
20,83
17,86
16,36
14,88
17,86
cve: BOE-A-2011-10514
590
591
593
595
596
598
599
Personal de Talleres
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