III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2011-10514)
Resolución de 3 de junio de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Cargotec Iberia, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Jueves 16 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 61939

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN
10514

Resolución de 3 de junio de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Convenio colectivo de Cargotec Iberia, SAU.

Visto el texto del Convenio Colectivo de la empresa Cargotec Iberia, SAU, Código de
Convenio número 90016622012007, que fue suscrito con fecha 19 de mayo de 2011, de
una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la
misma, y de otra por los Delegados de personal en representación de los trabajadores, y
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro
y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.–Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente
Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de
medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión
Negociadora.
Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 3 de junio de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA CARGOTEC IBERIA, S.A.
La Comisión negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa «Cargotec Iberia
SA», con domicilio social en Torrejón de Ardoz (Madrid), C/ Límite, s/nº, integrada por parte
empresarial por el Director General Eduardo Prat Fernández y el Director de Recursos
Humanos Ismael García Barbero y por parte de los trabajadores por los Delegados de
Personal Jesús Mª Calvo Álvarez, Mª Dolores Justo Martín y Guillermo García Valoria, se
reconocen representatividad y legitimación suficiente para la negociación del presente
convenio de aplicación en todos los centros de trabajo de Cargotec Iberia SA, con el
siguiente articulado:
CAPÍTULO PRIMERO
Artículo 1. Ámbito territorial.
El presente convenio afectará al personal de la empresa «Cargotec Iberia SA» que se
define en el artículo 2 (ámbito personal), tanto en su centro de trabajo ubicado en el
domicilio social de la misma, en Torrejón de Ardoz (Madrid), c/ Límite, s/n.º, como en los
demás centros de trabajo y en aquellos lugares en donde desarrollen sus actividades
personas pertenecientes a la empresa.

El presente convenio afectará al personal de la División de negocios Industrial y de
Terminales de Carga de la empresa, integrada por el personal de las anteriores empresas:
Hiab SA y Kalmar España, S.A., fusionadas en la actual Cargotec Iberia, S.A., con fecha
de 1 de Septiembre de 2009.

cve: BOE-A-2011-10514

Artículo 2. Ámbito personal.