III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2011-10515)
Resolución de 26 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de revisión del Convenio para la prestación mutua de servicios de administración electrónica con el Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 16 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 61956

red SARA (Extranet), con la Intranet Administrativa de la Administración General del Estado
y con la Red TESTA II de la Comisión Europea.
(iv) Se habilita a cualquier aplicación informática de la Comunidad Autónoma y de la
Administración General del Estado, así como a sus entidades de derecho público vinculadas
o dependientes, a utilizar cualquiera de los servicios que se presten a través de la Red
SARA, previo acuerdo entre el prestador del servicio y el usuario del mismo, con posterior
comunicación al Centro de Soporte de la Red SARA.
(v) Ambas partes acuerdan poner todos los medios a su alcance para adaptarse
mutuamente a sus correspondientes planes de direccionamiento, de tal manera que una
determinada clase de direcciones IP pueda ser reservada para preservar la
compatibilidad.
3. Obligaciones del MPTYAP
El MPTYAP, como responsable de la Red SARA, asume las siguientes obligaciones:
(i) Instalar, administrar y mantener un enlace para la comunicación y el AC de la
Comunidad Autónoma ubicado en las dependencias que ésta determine y que mejor
permitan la conexión con su correspondiente Red Corporativa.
(ii) Proporcionar la documentación técnica correspondiente a la arquitectura y
configuración de los sistemas que componen el AC de la Comunidad Autónoma.
(iii) Mantener un servicio de soporte 24×7 para garantizar la continuidad del servicio
del AC, Punto Neutro e Intranet Administrativa de la Administración General del Estado
que sirva para realizar la notificación de incidencias, resolución de las mismas, cuando le
corresponda, o gestión de la resolución cuando intervengan Agentes Externos (fabricantes,
operadores, otros Organismos con acceso al Sistema), consultas técnicas relacionadas
con el servicio, así como peticiones de nuevos accesos.
(iv) Habilitar y gestionar un Portal de Administradores que sirva como espacio para
facilitar información a los responsables técnicos de la Comunidad Autónoma respecto del
servicio proporcionado, notificación de incidencias, paradas programadas, publicación de
nuevos servicios, etc.
(v) Adoptar las medidas de seguridad necesarias para proteger debidamente la
información transmitida, mediante el cifrado de las comunicaciones
4. Obligaciones de la Comunidad Autónoma
(i) Realizar las labores de conectividad y despliegue pertinentes para poder acceder
desde sus propias dependencias o instalaciones a la Red SARA a través del AC.
(ii) Gestionar y mantener los elementos activos que conectan su Red Corporativa a
SARA permitiendo al MPTYAP el acceso de lectura y monitorización de los mismos, con
independencia de que estas tareas sean realizadas por la Comunidad Autónoma o por su
operador.
(iii) Garantizar condiciones adecuadas en la ubicación, condiciones medioambientales,
suministro eléctrico, cableado, etc, del AC con el fin de asegurar la continuidad del
servicio.
(iv) Mantener un servicio de soporte, a ser posible 24×7, para garantizar la continuidad
del servicio en el enlace de comunicaciones y los elementos activos del mismo, así como
de los elementos ajenos al MPTYAP. Para ello se facilitarán al MPTYAP los contactos,
tanto de los responsables de la conexión a SARA en la Comunidad Autónoma, como los
del Centro de Soporte, CAU o equivalente.
(v) Colaborar con el MPTYAP en la detección, diagnóstico y resolución de las
incidencias, incluso si ello lleva consigo pequeñas comprobaciones o actuaciones en el
AC, dirigidas desde el Centro de Soporte de la Red SARA, con el fin de reducir los tiempos
de resolución de las incidencias que pudieran ocurrir.
(vi) Facilitar y promover el acceso a la Red SARA de las Diputaciones Provinciales y/o
Ayuntamientos de su ámbito territorial, con la tecnología, mecanismos y procedimientos que estos
acuerden, así como a garantizar la continuidad del servicio en la parte que le corresponda.

cve: BOE-A-2011-10515

Núm. 143