III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD, POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2011-10524)
Resolución de 25 de mayo de 2011, del Instituto de la Juventud, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sobre la realización del programa "Bolsa Vivienda Joven en Alquiler" para el año 2011.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Jueves 16 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 62019

Tercera. Coste del programa y aportación de las partes.–Para la realización de este
proyecto las partes firmantes del presente convenio se comprometen a lo siguiente:
1.º El INJUVE, con cargo al número económico 26.201.232 A. 227.06 de su vigente
presupuesto, del que existe remanente suficiente, abonará los gastos que se produzcan por:
La cobertura del seguro multirriesgo-hogar: 300.000 €.
La cobertura del seguro de caución: 200.000 €.
La asistencia técnica al programa a través de la realización de los cursos de formación
«on line», asesoramiento, gestión técnica mediante la instalación de la aplicación
informática que se facilite al efecto y seguimiento del programa: 76.000 €.
Aportación total del INJUVE: 576.000 €.
Esta cantidad es única para el programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler» en su
conjunto, con independencia del número de Administraciones Públicas que se incorporen
al mismo. Estas se beneficiarán de esta aportación en función de las pólizas que suscriban
y la asistencia técnica del programa, cuyo coste cubre el INJUVE.
La forma y momento en la que el INJUVE efectuará el pago es la indicada en el pliego
de prescripciones técnicas y en los contratos formalizados con la compañía aseguradora
Generali, relativos a las pólizas de multirriesgo y caución.
2.º La Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas realiza una aportación
económica de veinticuatro mil euros (24.000,00 €), aplicaciones presupuestarias
11.04.00.323A.20200 y 11.04.00.323A.22100, a las que se imputarán los gastos que se
originen por alquiler del local, y gastos de funcionamiento, y cuyos pagos se harán efectivos
en la forma y momento que se determinen por la CCAA.
Asimismo, la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas se compromete a
arbitrar, a través de la Dirección General de Juventud, las medidas y el personal necesario
para la puesta en marcha de una bolsa de vivienda joven en alquiler, de acuerdo con la
siguiente estructura:
A.

Información/Recepción:

Recepción de solicitantes.
Información sobre el programa.
Tratamiento informático.
B.

Captación de viviendas:

Conocimiento del mercado.
Propaganda propia.
Prensa especializada.
Entrevista propietarios.
Inventarios.
C.

Oferta de viviendas:

Selección de demandantes.
Visita a las viviendas.
Seguimiento.
Coordinación:

Legislación básica sobre alquileres.
Contratos y documentación varia.
Fianzas.
Seguros.
Informes.
Utilización de la aplicación informática.

cve: BOE-A-2011-10524

D.