III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Fundaciones. (BOE-A-2011-10501)
Orden EDU/1653/2011, de 9 de mayo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Colunga.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Jueves 16 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 61864

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de
Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el
informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la
adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento
favorable al respecto.
Tercero.–Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto
no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán
los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Colunga en
el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Colunga, de
ámbito estatal, con domicilio en Colunga (Asturias), calle Carril de las Monjas, número 3,
C.P. 33320, así como el patronato que figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

cve: BOE-A-2011-10501

Madrid, 9 de mayo de 2011.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/580/2011, de
10 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, José Canal
Muñoz.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X