III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Becas. (BOE-A-2011-10433)
Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convocan becas de estudio para mutualistas, becas de residencia para hijos y huérfanos de mutualistas y becas con cargo al legado Casado de la Fuente, para el curso 2011/2012.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61594
III. Becas de estudio para mutualistas y becas de residencia para hijos y huérfanos de
mutualistas
1.
Becas de estudio.
1.1 Contenido.–Se convocan becas de estudio para mutualistas de MUFACE, dentro
de los créditos presupuestarios disponibles, para cubrir el coste de la matrícula y demás
gastos de inscripción de los estudios universitarios oficiales que realicen durante el
curso 2011/2012. El importe de estas becas será igual a la cantidad realmente abonada
por el mutualista solicitante, con el límite máximo de 350 euros.
Se consideran «demás gastos de inscripción» las tarifas de secretaría, de certificación,
de seguro escolar obligatorio u otras análogas, siempre que deban abonarse ineludiblemente
junto con la matrícula.
1.2 Requisitos.–Para obtener beca de estudio correspondiente al curso 2011/2012
será necesario:
A) Ser mutualista en situación de alta o asimilada al alta en el colectivo de MUFACE
el día 15 de octubre de 2011 y mantener dichas condiciones en la fecha en que se presente
la solicitud conforme al epígrafe 1.4.
B) Matricularse durante el curso 2011/2012 en estudios de nivel universitario de los
enunciados en el Anexo II.
C) Haber aprobado entre las convocatorias de febrero, junio y septiembre de 2012,
un mínimo del cincuenta por ciento del resultado de dividir el total de los créditos que
integren el plan de estudios entre el número de años que lo compongan o, en su caso, un
mínimo de tres asignaturas anuales. El porcentaje de créditos podrá ser el treinta y cinco
por ciento, y el número de asignaturas podrá ser dos, siempre que sean todos los créditos
o todas las asignaturas que, sin contar el proyecto de fin de carrera cuando exista, falten
para su conclusión; a su vez, el proyecto de fin de carrera no exigirá la concurrencia del
mínimo de créditos o asignaturas.
A los fines del apartado anterior:
1.3 Denegaciones.–Serán denegadas las solicitudes de los mutualistas que se
matriculen en Centros no radicados en territorio nacional.
También se denegarán las solicitudes de los mutualistas que hayan disfrutado de
matrícula gratuita total o de exención total del pago de la tarifa de la matrícula, aun cuando
hayan debido satisfacer otros gastos de inscripción, salvo que el importe de estos gastos
supere los 90,00 euros.
Estas becas se concederán para una sola titulación por mutualista, tanto de forma
simultánea como sucesiva, con la salvedad expresada en el Anexo II, d).
1.4 Solicitudes, plazo y documentación.–Las becas se solicitarán en los impresos
que facilitarán a dicho fin los Servicios Provinciales de MUFACE o que se obtengan a
través de la página web de MUFACE (www.muface.es).
Las solicitudes se dirigirán a MUFACE y se presentarán en cualquiera de sus oficinas
de registro, o en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre.
cve: BOE-A-2011-10433
a) Por convocatorias de febrero y de septiembre deberán entenderse las oportunas
convocatorias extraordinarias, aun cuando no correspondan estrictamente a dichos
meses.
b) Las asignaturas semestrales/cuatrimestrales se computarán como medias
asignaturas.
c) No se computarán en ningún caso los créditos o asignaturas reconocidos,
convalidados ni adaptados.
d) No se tendrán en cuenta los créditos o asignaturas que excedan de los necesarios
para obtener la titulación.
e) Por proyecto de fin de carrera se entenderá el exigido en Arquitectura y Enseñanzas
Técnicas y cuya superación se requiera para la obtención del título correspondiente.
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61594
III. Becas de estudio para mutualistas y becas de residencia para hijos y huérfanos de
mutualistas
1.
Becas de estudio.
1.1 Contenido.–Se convocan becas de estudio para mutualistas de MUFACE, dentro
de los créditos presupuestarios disponibles, para cubrir el coste de la matrícula y demás
gastos de inscripción de los estudios universitarios oficiales que realicen durante el
curso 2011/2012. El importe de estas becas será igual a la cantidad realmente abonada
por el mutualista solicitante, con el límite máximo de 350 euros.
Se consideran «demás gastos de inscripción» las tarifas de secretaría, de certificación,
de seguro escolar obligatorio u otras análogas, siempre que deban abonarse ineludiblemente
junto con la matrícula.
1.2 Requisitos.–Para obtener beca de estudio correspondiente al curso 2011/2012
será necesario:
A) Ser mutualista en situación de alta o asimilada al alta en el colectivo de MUFACE
el día 15 de octubre de 2011 y mantener dichas condiciones en la fecha en que se presente
la solicitud conforme al epígrafe 1.4.
B) Matricularse durante el curso 2011/2012 en estudios de nivel universitario de los
enunciados en el Anexo II.
C) Haber aprobado entre las convocatorias de febrero, junio y septiembre de 2012,
un mínimo del cincuenta por ciento del resultado de dividir el total de los créditos que
integren el plan de estudios entre el número de años que lo compongan o, en su caso, un
mínimo de tres asignaturas anuales. El porcentaje de créditos podrá ser el treinta y cinco
por ciento, y el número de asignaturas podrá ser dos, siempre que sean todos los créditos
o todas las asignaturas que, sin contar el proyecto de fin de carrera cuando exista, falten
para su conclusión; a su vez, el proyecto de fin de carrera no exigirá la concurrencia del
mínimo de créditos o asignaturas.
A los fines del apartado anterior:
1.3 Denegaciones.–Serán denegadas las solicitudes de los mutualistas que se
matriculen en Centros no radicados en territorio nacional.
También se denegarán las solicitudes de los mutualistas que hayan disfrutado de
matrícula gratuita total o de exención total del pago de la tarifa de la matrícula, aun cuando
hayan debido satisfacer otros gastos de inscripción, salvo que el importe de estos gastos
supere los 90,00 euros.
Estas becas se concederán para una sola titulación por mutualista, tanto de forma
simultánea como sucesiva, con la salvedad expresada en el Anexo II, d).
1.4 Solicitudes, plazo y documentación.–Las becas se solicitarán en los impresos
que facilitarán a dicho fin los Servicios Provinciales de MUFACE o que se obtengan a
través de la página web de MUFACE (www.muface.es).
Las solicitudes se dirigirán a MUFACE y se presentarán en cualquiera de sus oficinas
de registro, o en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre.
cve: BOE-A-2011-10433
a) Por convocatorias de febrero y de septiembre deberán entenderse las oportunas
convocatorias extraordinarias, aun cuando no correspondan estrictamente a dichos
meses.
b) Las asignaturas semestrales/cuatrimestrales se computarán como medias
asignaturas.
c) No se computarán en ningún caso los créditos o asignaturas reconocidos,
convalidados ni adaptados.
d) No se tendrán en cuenta los créditos o asignaturas que excedan de los necesarios
para obtener la titulación.
e) Por proyecto de fin de carrera se entenderá el exigido en Arquitectura y Enseñanzas
Técnicas y cuya superación se requiera para la obtención del título correspondiente.