II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. (BOE-A-2011-10374)
Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se convocan Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, vacantes, para su provisión en concurso ordinario número 282.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de junio de 2011

Sec. II.B. Pág. 61352

diario oficial, en el caso que la publicación de las convocatorias no se haga simultáneamente
en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña», de
acuerdo con el régimen de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y Real Decreto 772/1999,
de 7 de mayo y Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 4
de noviembre de 2003.
Cuarto. Lugar de presentación de solicitudes.–La solicitud podrá presentarse tanto
en el Registro General del Ministerio de Justicia, como en el Registro General del
Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña, como en los registros a que se
refiere el artículo 38.4 de la LRJAP y PAC, y artículo 2 del RD 772/1999.
En caso que se presente más de una solicitud por participante ante la misma o distinta
Administración, únicamente será considerada válida y tenida en cuenta a todos los
efectos, la presentada en primer lugar, quedando automáticamente invalidadas las
restantes solicitudes.
Una vez presentadas las solicitudes, no se podrá desistir de las pretensiones formuladas
en ellas ni modificarlas.
Quinto. Resolución.–La Dirección General de los Registros y del Notariado y la
Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas a los efectos de la resolución del
concurso en sus respectivos ámbitos analizarán y examinarán conjuntamente las solicitudes
presentadas.
Una vez efectuado ese análisis, la Dirección General de los Registros y del Notariado
dictará Resolución dentro del plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, que comprenderá las adjudicaciones
respecto de las vacantes ubicadas en el territorio español, con excepción de la Comunidad
Autónoma de Cataluña. Dicha Resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y
se comunicará a las Comunidades Autónomas afectadas con el objeto de que por el órgano
competente de las mismas se proceda al nombramiento de los Registradores que deban
ocupar plazas situadas en territorio de su competencia.
Madrid, 27 de mayo de 2011.–La Directora General de los Registros y del Notariado,
M.ª Ángeles Alcalá Díaz.

cve: BOE-A-2011-10374

Núm. 142