II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. (BOE-A-2011-10374)
Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se convocan Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, vacantes, para su provisión en concurso ordinario número 282.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Miércoles 15 de junio de 2011

Sec. II.B. Pág. 61351

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B.

Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE JUSTICIA
10374

Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Dirección General de los Registros y
del Notariado, por la que se convocan Registros de la Propiedad, Mercantiles
y de Bienes Muebles, vacantes, para su provisión en concurso ordinario número
282.

Primero. Plazas.–Se ofrecen en este concurso todas aquellas vacantes radicadas en
el territorio español al día precedente a la fecha de la presente Resolución con excepción
de las ubicadas en la Comunidad Autónoma de Cataluña, según se relacionan en el anexo I
de la misma.
Segundo.–Modelo de presentación.–Las solicitudes, que se ajustarán al modelo
publicado como anexo II y II - 1 de esta Resolución, estarán accesibles en la dirección:
http://www.mjusticia.es > servicios al ciudadano > empleo público > buscador de procesos
ofertados > perfil Registradores de la Propiedad, Bienes Muebles y Mercantiles > tipo de
proceso: concursos de traslados y www.gencat.cat/justicia/dret > dret i entitats jurídiques
> notaries i registres > concurs de provisió de registres de la propietat, mercantils i de béns
mobles.
La solicitud para tomar parte en esta convocatoria será única para cada participante,
aunque se soliciten vacantes radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de
Cataluña y que, por tanto, figuren en la convocatoria de la Dirección General de Derecho
y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña.
En la solicitud se indicará el orden de preferencia si se solicitare más de un Registro.
Tercero. Plazos de presentación de solicitudes.–Las solicitudes deben presentarse
en el plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de
las Resoluciones de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial
de la Generalitat de Cataluña», o a partir del día siguiente a la publicación en el último

cve: BOE-A-2011-10374

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 284 de la Ley Hipotecaria y en los
artículos 496 y siguientes del Reglamento Hipotecario, supletoriamente el artículo 38.4. de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo y la Resolución
de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 4 de noviembre de 2003, así
como lo establecido en el artículo 260.2.º de la Ley Hipotecaria y en el artículo 9.1.f) del
Real Decreto 1203/2010, de 24 de septiembre («BOE» de 25 de septiembre), relativos a
las competencias en los procesos de selección, se anuncian para su provisión por concurso
entre miembros del Cuerpo de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes
Muebles las vacantes existentes al día precedente a la fecha de la presente Resolución.
Como consecuencia de las modificaciones legislativas introducidas por el
artículo 147.1.a de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio («BOE» de 20 de julio), de
reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, y siempre dentro del respeto a las
competencias exclusivas estatales en materia de selección de Registradores, esta
Comunidad Autónoma ha asumido competencia ejecutiva en lo relativo al nombramiento
de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.
Atendida la asunción de competencias ejecutivas por dicha Comunidad Autónoma, se
hace preciso que se adopten medidas específicas de coordinación entre las Administraciones
Públicas competentes consistentes, entre otras, en una convocatoria simultánea y en el
análisis conjunto entre las Direcciones Generales de los Registros y del Notariado y de
Derecho y de Entidades Jurídicas de las solicitudes presentadas para que ulteriormente
cada Administración resuelva respecto de las vacantes a que se refiere su ámbito
territorial.