III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Formación del profesorado. Licencias. (BOE-A-2011-10418)
Resolución de 10 de junio de 2011, de la Subsecretaría, por la que se convocan licencias por estudios destinadas a funcionarios docentes del ámbito de gestión del Ministerio de Educación, que pertenezcan a los cuerpos de Maestros, Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Inspectores de Educación e Inspectores al servicio de la Administración Educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61474
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
10418
Resolución de 10 de junio de 2011, de la Subsecretaría, por la que se convocan
licencias por estudios destinadas a funcionarios docentes del ámbito de gestión
del Ministerio de Educación, que pertenezcan a los cuerpos de Maestros,
Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de
Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores y
Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Catedráticos y Profesores de
Escuelas Oficiales de Idiomas, Inspectores de Educación e Inspectores al
servicio de la Administración Educativa.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, determina, en su artículo 102
que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado
y una responsabilidad de las administraciones educativas y de los propios centros.
Asimismo, en su artículo 105 señala que las administraciones educativas, respecto al
profesorado de los centros públicos, favorecerán el desarrollo de licencias retribuidas, de
acuerdo con las condiciones y requisitos que establezcan, con el fin de estimular la
realización de actividades de formación y de investigación e innovación educativas.
En virtud de lo expuesto en la norma anteriormente citada, con el fin de favorecer
aquellas actuaciones que permitan una participación activa del profesorado y de la
inspección educativa en la planificación de su propia formación, de acuerdo con las
necesidades del sistema educativo,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Convocatoria
Primero.–Se convocan nueve licencias por estudios para el curso 2011-2012, dirigidas
a funcionarios del ámbito de gestión del Ministerio de Educación y que pertenezcan a los
cuerpos detallados en el apartado siguiente, destinados con carácter definitivo o provisional
actualmente y durante el próximo curso 2011-2012, en centros docentes y en Equipos de
Orientación Educativa y Psicopedagógica ubicados en las ciudades de Ceuta y Melilla, y
en las inspecciones de educación dependientes del Ministerio de Educación, según las
condiciones, distribución por Cuerpos y modalidades que se establecen y relacionan en el
apartado tercero y el anexo I, respectivamente, de la presente Resolución.
Candidatos
1. Maestros.
2. Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria.
3. Profesores Técnicos de Formación Profesional.
4. Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
5. Profesores de Música y Artes Escénicas.
6. Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
7. Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
8. Inspectores de Educación e Inspectores al servicio de la Administración Educativa.
cve: BOE-A-2011-10418
Segundo.–Los cuerpos a que se refiere el apartado precedente son los que se detallan
a continuación:
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61474
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
10418
Resolución de 10 de junio de 2011, de la Subsecretaría, por la que se convocan
licencias por estudios destinadas a funcionarios docentes del ámbito de gestión
del Ministerio de Educación, que pertenezcan a los cuerpos de Maestros,
Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de
Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores y
Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Catedráticos y Profesores de
Escuelas Oficiales de Idiomas, Inspectores de Educación e Inspectores al
servicio de la Administración Educativa.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, determina, en su artículo 102
que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado
y una responsabilidad de las administraciones educativas y de los propios centros.
Asimismo, en su artículo 105 señala que las administraciones educativas, respecto al
profesorado de los centros públicos, favorecerán el desarrollo de licencias retribuidas, de
acuerdo con las condiciones y requisitos que establezcan, con el fin de estimular la
realización de actividades de formación y de investigación e innovación educativas.
En virtud de lo expuesto en la norma anteriormente citada, con el fin de favorecer
aquellas actuaciones que permitan una participación activa del profesorado y de la
inspección educativa en la planificación de su propia formación, de acuerdo con las
necesidades del sistema educativo,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Convocatoria
Primero.–Se convocan nueve licencias por estudios para el curso 2011-2012, dirigidas
a funcionarios del ámbito de gestión del Ministerio de Educación y que pertenezcan a los
cuerpos detallados en el apartado siguiente, destinados con carácter definitivo o provisional
actualmente y durante el próximo curso 2011-2012, en centros docentes y en Equipos de
Orientación Educativa y Psicopedagógica ubicados en las ciudades de Ceuta y Melilla, y
en las inspecciones de educación dependientes del Ministerio de Educación, según las
condiciones, distribución por Cuerpos y modalidades que se establecen y relacionan en el
apartado tercero y el anexo I, respectivamente, de la presente Resolución.
Candidatos
1. Maestros.
2. Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria.
3. Profesores Técnicos de Formación Profesional.
4. Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
5. Profesores de Música y Artes Escénicas.
6. Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
7. Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
8. Inspectores de Educación e Inspectores al servicio de la Administración Educativa.
cve: BOE-A-2011-10418
Segundo.–Los cuerpos a que se refiere el apartado precedente son los que se detallan
a continuación: