III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Fundaciones. (BOE-A-2011-10437)
Orden CUL/1642/2011, de 25 de mayo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación para el Estudio del Desarrollo de la Ciudad de Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61679
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
10437
Orden CUL/1642/2011, de 25 de mayo, por la que se inscribe en el Registro de
Fundaciones la Fundación para el Estudio del Desarrollo de la Ciudad de
Melilla.
Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación para el Estudio del
Desarrollo de la Ciudad de Melilla en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura,
según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento
de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de
noviembre, y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal,
aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre,
Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue
constituida por don Ignacio Velázquez Rivera, don Víctor Antonio Gamero García, don
Jesús Javier Pérez Sánchez, don Francisco José Galán Miro y don Manuel Fuentes Soler,
en Málaga, el 3 de diciembre de 2010, según consta en la escritura pública número 4961
otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Andalucía don José Ramón Recatalá Molés,
subsanada por otra de 23 de marzo de 2011 con número 1223 otorgada ante el mismo
notario.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó
establecido en la Calle Carlos V, número 21, CP 52006 del municipio de Melilla, y la
Fundación desarrollará principalmente sus actividades en las Comunidades Autónomas
de Melilla, Madrid, Ceuta y Andalucía.
Tercero. Dotación.–En la escritura de constitución, subsanada por la escritura número
1223 a que hace referencia el antecedente de hecho primero, se estableció como dotación
de la Fundación la cantidad de 30.000 euros. La dotación ha sido desembolsada inicialmente
en un 25%, mediante la aportación de 7.500 euros, tal y como consta en certificación
bancaria. El resto de la dotación, 22.500 euros, será desembolsado en un plazo no superior
a cinco años, a contar desde el 3 de diciembre de 2010, fecha de otorgamiento de la
escritura de constitución. Dicha dotación sigue el principio de subrogación real del
patrimonio, de forma que sus alteraciones cualitativas, con o sin incidencia económica,
requerirán autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación,
incorporados a la escritura de constitución, y modificados por la escritura número 1223 a que
hace referencia el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los
siguientes: 1.º La investigación, estudio y análisis de la realidad de Melilla. 2.º Promover la
realización de estudios e investigaciones que sean necesarios para el desarrollo social, cultural
y económico de Melilla. 3.º Promover la presencia activa de Melilla en todos los aspectos, en
el ámbito regional, nacional e internacional. 4.º Organización e impartición de cursos,
programas pedagógicos, conferencias, talleres, congresos dirigidos a escolares, graduados,
universitarios y todo tipo de grupos sociales utilizando los recursos patrimoniales locales con
el objetivo de su promoción. 5.º Publicar, editar y difundir libros, folletos, revistas y material en
otros soportes tecnológicos de los estudios y trabajos realizados que promuevan y den a
conocer la Ciudad de Melilla. 6.º Promover la creación de instalaciones de carácter cultural,
económico, turístico o deportivo apoyando la iniciativa privada del sector. 7.º La realización
de labores de asesoramiento, estudio, diagnóstico, dictamen y demás actividades de apoyo, a
otras entidades públicas o privadas en materias propias de su objeto. 8.º Planificar y ejecutar
campañas de mercadotecnia y publicidad para fomentar la participación ciudadana y defender
los intereses y la imagen de Melilla, buscando la coordinación con las actuaciones de otras
cve: BOE-A-2011-10437
Antecedentes de hecho
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61679
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
10437
Orden CUL/1642/2011, de 25 de mayo, por la que se inscribe en el Registro de
Fundaciones la Fundación para el Estudio del Desarrollo de la Ciudad de
Melilla.
Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación para el Estudio del
Desarrollo de la Ciudad de Melilla en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura,
según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento
de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de
noviembre, y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal,
aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre,
Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue
constituida por don Ignacio Velázquez Rivera, don Víctor Antonio Gamero García, don
Jesús Javier Pérez Sánchez, don Francisco José Galán Miro y don Manuel Fuentes Soler,
en Málaga, el 3 de diciembre de 2010, según consta en la escritura pública número 4961
otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Andalucía don José Ramón Recatalá Molés,
subsanada por otra de 23 de marzo de 2011 con número 1223 otorgada ante el mismo
notario.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó
establecido en la Calle Carlos V, número 21, CP 52006 del municipio de Melilla, y la
Fundación desarrollará principalmente sus actividades en las Comunidades Autónomas
de Melilla, Madrid, Ceuta y Andalucía.
Tercero. Dotación.–En la escritura de constitución, subsanada por la escritura número
1223 a que hace referencia el antecedente de hecho primero, se estableció como dotación
de la Fundación la cantidad de 30.000 euros. La dotación ha sido desembolsada inicialmente
en un 25%, mediante la aportación de 7.500 euros, tal y como consta en certificación
bancaria. El resto de la dotación, 22.500 euros, será desembolsado en un plazo no superior
a cinco años, a contar desde el 3 de diciembre de 2010, fecha de otorgamiento de la
escritura de constitución. Dicha dotación sigue el principio de subrogación real del
patrimonio, de forma que sus alteraciones cualitativas, con o sin incidencia económica,
requerirán autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación,
incorporados a la escritura de constitución, y modificados por la escritura número 1223 a que
hace referencia el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los
siguientes: 1.º La investigación, estudio y análisis de la realidad de Melilla. 2.º Promover la
realización de estudios e investigaciones que sean necesarios para el desarrollo social, cultural
y económico de Melilla. 3.º Promover la presencia activa de Melilla en todos los aspectos, en
el ámbito regional, nacional e internacional. 4.º Organización e impartición de cursos,
programas pedagógicos, conferencias, talleres, congresos dirigidos a escolares, graduados,
universitarios y todo tipo de grupos sociales utilizando los recursos patrimoniales locales con
el objetivo de su promoción. 5.º Publicar, editar y difundir libros, folletos, revistas y material en
otros soportes tecnológicos de los estudios y trabajos realizados que promuevan y den a
conocer la Ciudad de Melilla. 6.º Promover la creación de instalaciones de carácter cultural,
económico, turístico o deportivo apoyando la iniciativa privada del sector. 7.º La realización
de labores de asesoramiento, estudio, diagnóstico, dictamen y demás actividades de apoyo, a
otras entidades públicas o privadas en materias propias de su objeto. 8.º Planificar y ejecutar
campañas de mercadotecnia y publicidad para fomentar la participación ciudadana y defender
los intereses y la imagen de Melilla, buscando la coordinación con las actuaciones de otras
cve: BOE-A-2011-10437
Antecedentes de hecho