III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Ayudas. (BOE-A-2011-10435)
Orden CUL/1640/2011, de 26 de mayo, por la que se convocan ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro para la mejora de las instalaciones y el equipamiento de sus archivos, correspondientes al año 2011.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Miércoles 15 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 61632

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
10435

Orden CUL/1640/2011, de 26 de mayo, por la que se convocan ayudas a
entidades privadas sin ánimo de lucro para la mejora de las instalaciones y el
equipamiento de sus archivos, correspondientes al año 2011.

Primero.

Objeto y finalidad.

1. Objeto.–Por la presente orden se convoca para el año 2011 la concesión de
ayudas, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, (Boletín Oficial del Estado número 276, de 18 de
noviembre de 2003), en régimen de concurrencia competitiva, a entidades o instituciones
privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo proyectos archivísticos de ámbito nacional

cve: BOE-A-2011-10435

El Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, creó el Ministerio de Cultura. El artículo 1.1 del Real Decreto 1132/2008,
de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura,
establece que es el departamento de la Administración General del Estado encargado de
la propuesta y ejecución de las directrices generales del Gobierno sobre la política cultural.
El artículo 6.1 de dicho Real Decreto establece que corresponde a la Dirección General del
Libro, Archivos y Bibliotecas el fomento de la conservación del patrimonio documental y su
promoción y difusión nacional e internacional.
La Constitución Española atribuye la competencia al Estado en la defensa del
patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación;
museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte
de las Comunidades Autónomas y el artículo 149.2 de la Constitución Española determina
que el Estado «considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial y
facilitará la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas».
Las ayudas contempladas en la presente convocatoria demandan una regulación
unitaria de todos sus aspectos. La gestión centralizada de las mismas se justifica por el
especial carácter de las medidas que se contemplan. En este sentido, y de acuerdo con la
jurisprudencia consolidada del Tribunal Constitucional en materia de subvenciones,
corresponde al Estado la gestión en los casos en que resulte imprescindible para asegurar
la plena efectividad de las ayudas dentro de la ordenación básica del sector.
Resulta necesaria la gestión centralizada de estas ayudas para garantizar iguales
posibilidades de obtención y disfrute por parte de sus potenciales destinatarios en todo el
territorio nacional, coadyuvando a la preservación del patrimonio documental común a
través de actividades desarrolladas a un nivel suprautonómico, nacional o internacional. A
los efectos de garantizar una adecuada gestión por parte de las Comunidades Autónomas
se ha previsto su participación en la Comisión de Valoración y Asesoramiento de las ayudas
para el desarrollo de proyectos archivísticos. De hecho, al definir el objeto de esta
subvención, el posible beneficiario y los motivos de exclusión, en los apartados primero,
segundo y sexto respectivamente, esta convocatoria establece la necesidad de que los
proyectos sean de ámbito nacional, o al menos tengan un alcance superior al de una
Comunidad Autónoma. La presente convocatoria, además, ha sido sometida a deliberación
en reunión del pleno de la Conferencia Sectorial de Cultura.
La Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 13 de
noviembre de 2010), establece las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones
públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el punto tercero, apartado 2, de la
citada orden, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, he tenido a bien
disponer: