III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Ayudas. (BOE-A-2011-10434)
Orden CUL/1639/2011, de 26 de mayo, por la que se convocan ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos archivísticos, correspondientes al año 2011.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61612
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
10434
Orden CUL/1639/2011, de 26 de mayo, por la que se convocan ayudas a
entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos
archivísticos, correspondientes al año 2011.
Primero.
Objeto y finalidad.
1. Objeto.–Por la presente orden se convoca para el año 2011 la concesión de
ayudas, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones («Boletín Oficial del Estado» de 18 de noviembre),
en régimen de concurrencia competitiva, a entidades o instituciones privadas sin ánimo de
lucro para llevar a cabo proyectos archivísticos de ámbito nacional o de ámbito al menos
cve: BOE-A-2011-10434
El Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, creó el Ministerio de Cultura. El artículo 1.1 del Real Decreto 1132/2008, de 4
de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura,
establece que es el departamento de la Administración General del Estado encargado de
la propuesta y ejecución de las directrices generales del Gobierno sobre la política cultural.
El artículo 6.1 de dicho Real Decreto establece que corresponde a la Dirección General del
Libro, Archivos y Bibliotecas el fomento de la conservación del patrimonio documental y su
promoción y difusión nacional e internacional.
La Constitución Española atribuye la competencia al Estado en la defensa del
patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación;
museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte
de las Comunidades Autónomas y el artículo 149.2 de la Constitución Española determina
que el Estado «considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial y
facilitará la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas».
Las ayudas contempladas en la presente convocatoria demandan una regulación
unitaria de todos sus aspectos. La gestión centralizada de las mismas se justifica por el
especial carácter de las medidas que se contemplan. En este sentido, y de acuerdo con la
jurisprudencia consolidada del Tribunal Constitucional en materia de subvenciones,
corresponde al Estado la gestión en los casos en que resulte imprescindible para asegurar
la plena efectividad de las ayudas dentro de la ordenación básica del sector. Resulta
necesaria la gestión centralizada de estas ayudas para garantizar iguales posibilidades de
obtención y disfrute por parte de sus potenciales destinatarios en todo el territorio nacional,
coadyuvando a la preservación del patrimonio documental común a través de actividades
desarrolladas a un nivel suprautonómico, nacional o internacional. A los efectos de
garantizar una adecuada gestión por parte de las Comunidades Autónomas se ha previsto
su participación en la Comisión de Valoración y Asesoramiento de las ayudas para el
desarrollo de proyectos archivísticos. De hecho, al definir el objeto de esta subvención, el
posible beneficiario y los motivos de exclusión, en los apartados primero, segundo y tercero
respectivamente, esta convocatoria establece la necesidad de que los proyectos sean de
ámbito nacional, o al menos tengan un alcance superior al de una Comunidad Autónoma.
La presente convocatoria, además, ha sido sometida a deliberación en la reunión del pleno
de la Conferencia Sectorial de Cultura.
La Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 13 de
noviembre de 2010), establece las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones
públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el punto tercero, apartado 2, de la
citada orden, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, he tenido a bien
disponer:
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61612
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
10434
Orden CUL/1639/2011, de 26 de mayo, por la que se convocan ayudas a
entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos
archivísticos, correspondientes al año 2011.
Primero.
Objeto y finalidad.
1. Objeto.–Por la presente orden se convoca para el año 2011 la concesión de
ayudas, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones («Boletín Oficial del Estado» de 18 de noviembre),
en régimen de concurrencia competitiva, a entidades o instituciones privadas sin ánimo de
lucro para llevar a cabo proyectos archivísticos de ámbito nacional o de ámbito al menos
cve: BOE-A-2011-10434
El Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, creó el Ministerio de Cultura. El artículo 1.1 del Real Decreto 1132/2008, de 4
de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura,
establece que es el departamento de la Administración General del Estado encargado de
la propuesta y ejecución de las directrices generales del Gobierno sobre la política cultural.
El artículo 6.1 de dicho Real Decreto establece que corresponde a la Dirección General del
Libro, Archivos y Bibliotecas el fomento de la conservación del patrimonio documental y su
promoción y difusión nacional e internacional.
La Constitución Española atribuye la competencia al Estado en la defensa del
patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación;
museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte
de las Comunidades Autónomas y el artículo 149.2 de la Constitución Española determina
que el Estado «considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial y
facilitará la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas».
Las ayudas contempladas en la presente convocatoria demandan una regulación
unitaria de todos sus aspectos. La gestión centralizada de las mismas se justifica por el
especial carácter de las medidas que se contemplan. En este sentido, y de acuerdo con la
jurisprudencia consolidada del Tribunal Constitucional en materia de subvenciones,
corresponde al Estado la gestión en los casos en que resulte imprescindible para asegurar
la plena efectividad de las ayudas dentro de la ordenación básica del sector. Resulta
necesaria la gestión centralizada de estas ayudas para garantizar iguales posibilidades de
obtención y disfrute por parte de sus potenciales destinatarios en todo el territorio nacional,
coadyuvando a la preservación del patrimonio documental común a través de actividades
desarrolladas a un nivel suprautonómico, nacional o internacional. A los efectos de
garantizar una adecuada gestión por parte de las Comunidades Autónomas se ha previsto
su participación en la Comisión de Valoración y Asesoramiento de las ayudas para el
desarrollo de proyectos archivísticos. De hecho, al definir el objeto de esta subvención, el
posible beneficiario y los motivos de exclusión, en los apartados primero, segundo y tercero
respectivamente, esta convocatoria establece la necesidad de que los proyectos sean de
ámbito nacional, o al menos tengan un alcance superior al de una Comunidad Autónoma.
La presente convocatoria, además, ha sido sometida a deliberación en la reunión del pleno
de la Conferencia Sectorial de Cultura.
La Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 13 de
noviembre de 2010), establece las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones
públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el punto tercero, apartado 2, de la
citada orden, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, he tenido a bien
disponer: