II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN. Funcionarios de los Subgrupos A2, C1 y C2. (BOE-A-2011-10370)
Orden AEC/1617/2011, de 8 de junio, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Miércoles 15 de junio de 2011

Sec. II.B. Pág. 61310

6. La publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Resolución del concurso, con
la adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados y, a partir de la
misma, empezarán a contarse los plazos establecidos para que los organismos afectados
efectúen las actuaciones administrativas procedentes.
7. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese,
que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la
resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado. Si la resolución comporta el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha
publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o
licencias que en su caso hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos. No
obstante, para los funcionarios que se encuentren en situación de licencia por enfermedad,
se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice
la licencia que tengan concedida.
8. El Subsecretario del Departamento donde presta servicios el funcionario podrá, no
obstante, acordar una prórroga de su cese por necesidades del servicio de hasta veinte
días hábiles, debiendo comunicarse ésta a la Subsecretaría (Subdirección General de
Personal) del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
La fecha de cese de acuerdo con lo previsto en el artículo 48.2 del Real Decreto
364/1995 podrá prorrogarse hasta un máximo de tres meses (computada la prórroga
prevista en el párrafo anterior) por la Secretaría de Estado para la Función Pública a
propuesta del Departamento donde preste servicios el funcionario seleccionado, teniendo
carácter excepcional y debiendo motivarse en exigencias del normal funcionamiento de
los servicios.
9. Con independencia de lo establecido en los puntos anteriores, la Subsecretaría
del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación podrá conceder prórroga de
incorporación de hasta veinte días hábiles si el destino implica cambio de residencia y así
lo solicita el interesado por razones justificadas.
Novena.

Recursos.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar a partir del día
siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante
el mismo Órgano que la ha dictado, o interponer directamente recurso contencioso
administrativo, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a aquel en que
tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial del Estado ante los Juzgados Centrales de
lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

cve: BOE-A-2011-10370

Madrid, 8 de junio de 2011.–La Ministra de Asuntos Exteriores y de Cooperación, P.D.
(Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo), el Subsecretario de Asuntos Exteriores y
Cooperación, Antonio López Martínez.