I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Presupuestos. (BOE-A-2011-10360)
Ley 1/2010, de 28 de junio, por la que se modifica la Ley 14/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2010.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Miércoles 15 de junio de 2011

I.

Sec. I. Pág. 61241

DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
10360

Ley 1/2010, de 28 de junio, por la que se modifica la Ley 14/2009, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia para el ejercicio 2010.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional
ha aprobado la Ley 1/2010, de 28 de junio, por la que se modifica la Ley 14/2009, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
para el ejercicio 2010.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre
del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:

En el Boletín Oficial del Estado n.º 126, de fecha 24 de mayo de 2010, se ha publicado
el Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias
para la reducción del déficit público. El citado Real Decreto ha sido convalidado por el
Congreso de los Diputados en sesión de fecha 27 de mayo.
La citada norma de rango legal recoge una serie de medidas a la vista de las actuales
circunstancias económicas, tendentes a minorar los gastos en las distintas administraciones
públicas. Así, entre las mismas se encuentran las relativas a los gastos de personal de las
distintas administraciones públicas. De conformidad con la disposición final segunda del
Real Decreto-ley el núcleo fundamental de las normas en materia de gastos de personal
es precepto básico.
El Gobierno regional, por imperativo legal, ha elaborado y tramitado el correspondiente
proyecto de ley, y ello teniendo en cuenta la complejidad técnica de la norma estatal que
obliga por motivos de seguridad jurídica que sea un instrumento de rango legal el que
establezca el marco retributivo del personal de todo el sector público regional, toda vez
que en el ámbito retributivo se hace necesario que la aplicación e interpretación de las
normas se lleven a cabo de la manera más rigurosa posible.
Se trasladan al ámbito regional las cuantías de las retribuciones básicas, se asume el
importe del complemento de destino fijado en la Administración General del Estado, se
establece una minoración del resto de conceptos retributivos de acuerdo con lo establecido
con carácter básico en el artículo 22.Dos.B) de la Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el ejercicio 2010, a partir de 1 de junio de 2010, si bien como excepción a ello
la paga extraordinaria del mes de junio no sufre las variaciones correspondientes; en
cambio, las cantidades de los complementos personales y transitorios e indemnizaciones
por razón de servicio no se ven minoradas respecto de las de 2009.
Además, se introducen una serie de correcciones como consecuencia de la normativa
estatal en relación a las masas salariales, en especial las del personal laboral, incluyendo
a todo el sector público regional.
Por último, y en la línea de responsabilidad de los gestores políticos, se establecen las
minoraciones de las retribuciones de los miembros del Consejo de Gobierno, altos cargos
de la Administración General, organismos públicos y demás entramados del sector público
regional, equiparándolas a los de los homólogos de la Administración General del Estado
que igualmente han sido reducidas.
Todo lo anterior se recoge en el artículo uno de la presente ley, apartados uno a seis
del mismo, que modifican los artículos 23, 24, 25, 27, 28 y 30 de la Ley 14/2009, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

cve: BOE-A-2011-10360

PREÁMBULO