III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Encomienda de gestión. (BOE-A-2011-10331)
Resolución de 30 de mayo de 2011, de la Dirección General del Agua, por la que se publica la encomienda de gestión a la Entidad Local Menor de Gamonal (Toledo) del tramo inicial del Camino General nº 4 de la zona regable del Alberche.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Martes 14 de junio de 2011

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4. Recabar autorización expresa del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y
Marino para realizar cualquier modificación en el tramo del Camino encomendado, siempre
que tales modificaciones representen una variación sustancial del diseño del mismo.
Quinta. Obligaciones del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.–El
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino estará obligado a comunicar a la
Entidad Local Menor de Gamonal su intención de realizar cualquier modificación que
considere necesaria en el tramo del Camino encomendado, con el fin de que ésta pueda
adoptar las oportunas medidas de coordinación con los trabajos de explotación.
Sexta. Comisión Mixta de Seguimiento y Control.–Se crea una Comisión Mixta de
Seguimiento y Control, con el fin de que resuelva los problemas de interpretación y cumplimiento
que puedan plantearse respecto del presente Convenio de Encomienda de Gestión.
La Comisión Mixta de Seguimiento y Control estará constituida por cuatro miembros:
dos designados por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y dos
designados por la Entidad Local Menor de Gamonal.
Esta Comisión se reunirá con carácter ordinario al menos dos veces al año y, en
cualquier caso, cuando una de las partes firmantes del presente Convenio lo solicite.
Séptima. Vigencia y causas de extinción.–La encomienda de gestión será efectiva
desde la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La entrada en vigor de
la misma supondrá la extinción de cualquier encomienda efectuada con anterioridad por el
Ministerio de Obras Públicas a favor de la Confederación Hidrográfica del Tajo, en lo que
se refiere al ámbito territorial que es objeto de encomienda de gestión por parte del presente
Convenio, con independencia de que tal extinción se documente, en su caso, por medio
del instrumento jurídico adecuado.
La duración de la misma será de setenta y cinco (75) años, salvo que el Ministerio de
Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino estime oportuno revocarla por razones de interés
general o por incumplimiento por parte de la Entidad Menor de Gamonal de las obligaciones
contenidas en las cláusulas anteriores.
Octava. Jurisdicción competente.–Las controversias que puedan suscitarse tanto en
la interpretación de la Encomienda de Gestión como en su ejecución y que no puedan ser
resueltas por la Comisión Mixta de Seguimiento y Control, deberán ser sometidas a la
Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Y en prueba de conformidad se firma por cuadruplicado el presente Convenio en el
lugar y fecha indicados.–El Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu
Rocamora.–El Alcalde-Presidente de Gamonal, Benito Garrido Gutiérrez.
ANEXO
Tramo objeto de la encomienda de gestión del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio
Rural y Marino a la Entidad Local Menor de Gamonal

Identificación del tramo

Longitud
(km)

5,50

cve: BOE-A-2011-10331

Camino General n.º 4 de la zona regable del Alberche,
tramo final: del p.k. 16+200 al p.k. 16+700
Tramo 0,500
0,500

Sección calzada
(m)

http://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X