III. Otras disposiciones. ADMINISTRACIÓN LOCAL. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2011-10351)
Resolución de 24 de mayo de 2011, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la delimitación del entorno de protección del monumento prehistórico Talaiot des Castellot Vell, en Villafranca de Bonany.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Martes 14 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 61217

III. OTRAS DISPOSICIONES

ADMINISTRACIÓN LOCAL
10351

Resolución de 24 de mayo de 2011, del Consejo Insular de Mallorca (Illes
Balears), referente a la delimitación del entorno de protección del monumento
prehistórico Talaiot des Castellot Vell, en Villafranca de Bonany.

El Consejo de Mallorca en la sesión ordinaria del Pleno que tuvo lugar el día 3 de mayo
de 2011, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«A la vista que, mediante el acuerdo de fecha 23 de enero de 2009, la Comisión de
Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca acordó la incoación
del expediente de delimitación del entorno de protección del monumento prehistórico
Talaiot des Castellot Vell, situado en el término municipal de Vilafranca de Bonany.
Visto el informe del jefe de servicio de Patrimonio Histórico de 23 de febrero de 2011,
en el que se propone aprobar definitivamente la delimitación del entorno de protección del
monumento Talaiot des Castellot Vell, situado en el término municipal de Vilafranca de
Bonany.
A la vista que, mediante acuerdo de fecha 25 de marzo de 2011, la Comisión de
Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca acordó informar
favorablemente este expediente y elevarlo al Pleno del Consejo de Mallorca para su
declaración.
Por todo eso, y en virtud de lo que dispone el Título I de la Ley 12/1998, de 21 de
diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, y de acuerdo con las competencias
atribuidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, a los Consejos Insulares en materia de
Patrimonio Histórico, y el Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por el
Pleno del 8 de marzo de 2004, este consejero ejecutivo de Cultura y Patrimonio eleva al
Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:
I. Aprobar definitivamente la delimitación del entorno de protección del monumento
prehistórico Talaiot des Castellot Vell, situado en el término municipal de Vilafranca de
Bonany, la descripción y la delimitación del cual figuran en el informe técnico de fecha 10
de diciembre de 2008, que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo.
II. Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establece la Ley 12/1998,
de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares y la normativa
concordante.
III. Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Vilafranca de
Bonany y al Gobierno de las Islas Baleares.
IV. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el Boletín
Oficial del Estado, anotarlo en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural y comunicarlo
a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para que proceda a su inscripción al
Registro de Bienes de Interés Cultural de las Islas Baleares, y a la vez comunique al
Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado las inscripciones y anotaciones
que se realicen.»

a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte
competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación
del presente acuerdo.
b) El recurso de reposición potestativo ante del órgano que ha dictado este acuerdo,
el Pleno del Consejo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la
notificación del presente acuerdo. Contra la desestimación expresa del recurso de

cve: BOE-A-2011-10351

Contra este acuerdo que agota a la vía administrativa se pueden interponer,
alternativamente, los recursos siguientes: