III. Otras disposiciones. ADMINISTRACIÓN LOCAL. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2011-10346)
Resolución de 24 de mayo de 2011, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural a favor del conjunto de yacimientos arqueológicos de Cala des Camps, en Artá.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Martes 14 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61207
consta de dos cámaras rectangulares construidas con piezas de mares. Ha sido excavado
y los resultados de la intervención publicados. La cronología de la estación corresponde al
periodo pretalaiotico.
Con respecto al navetiformes de na Ferradura hace falta mencionar que a pesar del
fuerte proceso de erosión y destrucción se conservan restos de construcciones que habrían
sido navetas aunque en el estado en que se encuentran se hace muy difícil precisar su
número. Al igual que el anterior su cronología correspondería al periodo Pretalaiòtic.
Finalmente el yacimiento art. 105, se encuentra entre los dos últimos mencionados y
aunque por el momento no se detectan estructuras la presencia de cerámicas talaiótiques
y romanas entre otros se manifiesta.
Delimitación del entorno:
Son coincidentes los límites del Bien y su entorno de protección.
La delimitación del entorno viene justificada por la dispersión de material cerámico y
por el entorno que los rodea que de alguna manera justifica su ubicación.
Pertenencias y accesorios del bien:
Se incluye dentro del ámbito del bien todos los materiales cerámicos, faunistics,
sedimentarios o de cualquier otro naturaleza y cronología obtenidos en raíz de cualquier
intervención arqueológica. En el caso de que se documenten nuevas estructuras, también
quedan incluidas en la declaración del bien, y se incluirá su planimetria adecuada en este
expediente.
Bienes muebles vinculados:
Son todos aquéllos mencionados en el apartado anterior, más lo que se puedan aportar
de antiguas prospecciones, excavaciones o colecciones si es el caso.
Memoria histórica:
La zona ha sido afectada por construcciones modernas, labores agrícolas y por la
instalación de redes de servicios. El continuo flujo de veraneantes y el tránsito rodado son
una fuente peligrosa para su conservación, por el que es necesaria la creación de accesos
a la playa que evitaran el tránsito rodado.
cve: BOE-A-2011-10346
Planimetría: La que obra en el expediente.
Documentación gráfica: La que obra en el expediente.
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 141
Martes 14 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61207
consta de dos cámaras rectangulares construidas con piezas de mares. Ha sido excavado
y los resultados de la intervención publicados. La cronología de la estación corresponde al
periodo pretalaiotico.
Con respecto al navetiformes de na Ferradura hace falta mencionar que a pesar del
fuerte proceso de erosión y destrucción se conservan restos de construcciones que habrían
sido navetas aunque en el estado en que se encuentran se hace muy difícil precisar su
número. Al igual que el anterior su cronología correspondería al periodo Pretalaiòtic.
Finalmente el yacimiento art. 105, se encuentra entre los dos últimos mencionados y
aunque por el momento no se detectan estructuras la presencia de cerámicas talaiótiques
y romanas entre otros se manifiesta.
Delimitación del entorno:
Son coincidentes los límites del Bien y su entorno de protección.
La delimitación del entorno viene justificada por la dispersión de material cerámico y
por el entorno que los rodea que de alguna manera justifica su ubicación.
Pertenencias y accesorios del bien:
Se incluye dentro del ámbito del bien todos los materiales cerámicos, faunistics,
sedimentarios o de cualquier otro naturaleza y cronología obtenidos en raíz de cualquier
intervención arqueológica. En el caso de que se documenten nuevas estructuras, también
quedan incluidas en la declaración del bien, y se incluirá su planimetria adecuada en este
expediente.
Bienes muebles vinculados:
Son todos aquéllos mencionados en el apartado anterior, más lo que se puedan aportar
de antiguas prospecciones, excavaciones o colecciones si es el caso.
Memoria histórica:
La zona ha sido afectada por construcciones modernas, labores agrícolas y por la
instalación de redes de servicios. El continuo flujo de veraneantes y el tránsito rodado son
una fuente peligrosa para su conservación, por el que es necesaria la creación de accesos
a la playa que evitaran el tránsito rodado.
cve: BOE-A-2011-10346
Planimetría: La que obra en el expediente.
Documentación gráfica: La que obra en el expediente.
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X