II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2011-10259)
Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Universidad de Cantabria, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión, Especialidad Informática, Subgrupo A2.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 60350
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración
jurada o promesa de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida
en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como anexo VI a
esta convocatoria
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
que imposibiliten para el servicio.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren
la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la base 2 no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal Calificador,
se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante Resolución que se
publicará en el «Boletín Oficial de Cantabria».
8.4 La toma de posesión de los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo
se efectuará en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de
su nombramiento como funcionario de carrera en el «Boletín Oficial de Cantabria».
8.5 Una vez concluido el proceso selectivo se podrá confeccionar una lista para su
posible nombramiento como funcionarios interinos, ordenada conforme al acuerdo de la
Gerencia y los representantes de las secciones sindicales, firmado con fecha 3 de marzo
de 2006.
9. Norma final
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente y ante este Rectorado, recurso de reposición en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien podrá ser impugnada directamente
ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santander mediante recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la
publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta del mismo.
Santander, 27 de mayo de 2011.–El Rector, Federico Gutiérrez-Solana Salcedo.
ANEXO I
Ejercicios, méritos y valoración
1. Proceso selectivo
El proceso de selección de los aspirantes constará de las fases de concurso y de
oposición, indicadas en la base 1.4 de la convocatoria.
Fase de concurso: En la fase de concurso se valorarán los estudios académicos
realizados y los servicios efectivos prestados en la Universidad de Cantabria, como
personal funcionario o laboral, méritos todos ellos referidos a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
Fase de oposición: La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a
continuación se indican, siendo todos ellos eliminatorios.
1.1 Primer ejercicio.–Eliminatorio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas a
elegir por el opositor de entre cuatro sacados a sorteo de entre los que figuran en el
anexo III de la Convocatoria. Al menos uno de los temas deberá ser de la parte de los
temas específicos.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
cve: BOE-A-2011-10259
Núm. 140
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 60350
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración
jurada o promesa de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida
en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como anexo VI a
esta convocatoria
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
que imposibiliten para el servicio.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren
la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la base 2 no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal Calificador,
se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante Resolución que se
publicará en el «Boletín Oficial de Cantabria».
8.4 La toma de posesión de los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo
se efectuará en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de
su nombramiento como funcionario de carrera en el «Boletín Oficial de Cantabria».
8.5 Una vez concluido el proceso selectivo se podrá confeccionar una lista para su
posible nombramiento como funcionarios interinos, ordenada conforme al acuerdo de la
Gerencia y los representantes de las secciones sindicales, firmado con fecha 3 de marzo
de 2006.
9. Norma final
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente y ante este Rectorado, recurso de reposición en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien podrá ser impugnada directamente
ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santander mediante recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la
publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta del mismo.
Santander, 27 de mayo de 2011.–El Rector, Federico Gutiérrez-Solana Salcedo.
ANEXO I
Ejercicios, méritos y valoración
1. Proceso selectivo
El proceso de selección de los aspirantes constará de las fases de concurso y de
oposición, indicadas en la base 1.4 de la convocatoria.
Fase de concurso: En la fase de concurso se valorarán los estudios académicos
realizados y los servicios efectivos prestados en la Universidad de Cantabria, como
personal funcionario o laboral, méritos todos ellos referidos a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
Fase de oposición: La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a
continuación se indican, siendo todos ellos eliminatorios.
1.1 Primer ejercicio.–Eliminatorio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas a
elegir por el opositor de entre cuatro sacados a sorteo de entre los que figuran en el
anexo III de la Convocatoria. Al menos uno de los temas deberá ser de la parte de los
temas específicos.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
cve: BOE-A-2011-10259
Núm. 140