II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2011-10258)
Resolución de 26 de mayo de 2011, de la Universidad de Valencia, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al Grupo A, Subgrupo A1, sector administración general, Escala Técnica de Gestión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 60329
medidas de adaptación posibles. Deberán presentar junto con la solicitud, las fotocopias
del certificado del grado de discapacidad y del dictamen técnico facultativo expedido por el
órgano competente.
3.9 Como la convocatoria establece la realización de una prueba de idioma
comunitario, voluntaria y de mérito, la persona aspirante deberá hacer constar su opción
en el impreso de solicitud. De no hacerlo así, se entenderá que renuncia a efectuar esta
prueba.
3.10 Los errores que se puedan advertir se corregirán en cualquier momento, de
oficio o a instancia de la persona interesada.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, previa verificación del
cumplimiento de todos los requisitos de participación señalados en esta convocatoria, así
como el pago de los derechos de examen, el rector dictará una resolución que se publicará
en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV) y que contendrá la lista provisional
de personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas.
4.2 A partir del día siguiente de la publicación de la lista provisional de personas
admitidas y excluidas, se iniciará un plazo de 10 días hábiles, para que se puedan formular
alegaciones o enmendar los defectos que hayan motivado la exclusión, de acuerdo con lo
que establece el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En cualquier caso, con tal de evitar errores y posibilitar la enmienda dentro del plazo y
en la forma oportuna, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que
no figuran en la relación de personas excluidas, sino que además sus nombres constan
correctamente en la relación de personas admitidas correspondiente.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen los defectos
detectados o no aleguen las omisiones, serán definitivamente excluidas de la participación
en estas pruebas.
4.3 Una vez finalizado el plazo de reclamaciones y de alegaciones, y enmendados
los defectos, se dictará una nueva resolución, que contendrá la lista definitiva de personas
admitidas y excluidas, la fecha, el lugar y la hora de la realización del primer ejercicio. Esta
resolución se publicará en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV).
4.4 Serán causas de exclusión, además de las que se indican en otros apartados de
estas bases:
La omisión de la firma en la solicitud.
No presentar fotocopia del DNI.
4.5 Será causa de exclusión del ejercicio de mérito no señalar el apartado correspondiente
de la solicitud; y respecto del ejercicio de idioma no especificar el idioma elegido.
5. Desarrollo de las pruebas selectivas
5.1 Los ejercicios tendrán lugar en las dependencias de la Universitat de València. El
primer ejercicio se realizará en el lugar, la fecha y la hora que se establezca en la resolución
del Rectorado de esta Universidad mediante la cual se apruebe la lista definitiva de
personas admitidas y excluidas de las pruebas objeto de esta convocatoria.
5.2 En caso de realizarse alguno de los ejercicios en varias sesiones, el orden de
actuación de los opositores/as se establecerá por sorteo.
5.3 En cada ejercicio las personas aspirantes tendrán que acreditar su personalidad
exclusivamente mediante la presentación del DNI, del pasaporte o del carnet de conducir,
junto con el ejemplar para la persona interesada del impreso de solicitud de admisión a las
pruebas.
El incumplimiento de este requisito por alguna persona determinará la exclusión de
ésta de la realización de las pruebas.
Las copias o fotocopias de estos documentos no serán válidas en ningún caso.
cve: BOE-A-2011-10258
Núm. 140
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 60329
medidas de adaptación posibles. Deberán presentar junto con la solicitud, las fotocopias
del certificado del grado de discapacidad y del dictamen técnico facultativo expedido por el
órgano competente.
3.9 Como la convocatoria establece la realización de una prueba de idioma
comunitario, voluntaria y de mérito, la persona aspirante deberá hacer constar su opción
en el impreso de solicitud. De no hacerlo así, se entenderá que renuncia a efectuar esta
prueba.
3.10 Los errores que se puedan advertir se corregirán en cualquier momento, de
oficio o a instancia de la persona interesada.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, previa verificación del
cumplimiento de todos los requisitos de participación señalados en esta convocatoria, así
como el pago de los derechos de examen, el rector dictará una resolución que se publicará
en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV) y que contendrá la lista provisional
de personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas.
4.2 A partir del día siguiente de la publicación de la lista provisional de personas
admitidas y excluidas, se iniciará un plazo de 10 días hábiles, para que se puedan formular
alegaciones o enmendar los defectos que hayan motivado la exclusión, de acuerdo con lo
que establece el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En cualquier caso, con tal de evitar errores y posibilitar la enmienda dentro del plazo y
en la forma oportuna, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que
no figuran en la relación de personas excluidas, sino que además sus nombres constan
correctamente en la relación de personas admitidas correspondiente.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen los defectos
detectados o no aleguen las omisiones, serán definitivamente excluidas de la participación
en estas pruebas.
4.3 Una vez finalizado el plazo de reclamaciones y de alegaciones, y enmendados
los defectos, se dictará una nueva resolución, que contendrá la lista definitiva de personas
admitidas y excluidas, la fecha, el lugar y la hora de la realización del primer ejercicio. Esta
resolución se publicará en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV).
4.4 Serán causas de exclusión, además de las que se indican en otros apartados de
estas bases:
La omisión de la firma en la solicitud.
No presentar fotocopia del DNI.
4.5 Será causa de exclusión del ejercicio de mérito no señalar el apartado correspondiente
de la solicitud; y respecto del ejercicio de idioma no especificar el idioma elegido.
5. Desarrollo de las pruebas selectivas
5.1 Los ejercicios tendrán lugar en las dependencias de la Universitat de València. El
primer ejercicio se realizará en el lugar, la fecha y la hora que se establezca en la resolución
del Rectorado de esta Universidad mediante la cual se apruebe la lista definitiva de
personas admitidas y excluidas de las pruebas objeto de esta convocatoria.
5.2 En caso de realizarse alguno de los ejercicios en varias sesiones, el orden de
actuación de los opositores/as se establecerá por sorteo.
5.3 En cada ejercicio las personas aspirantes tendrán que acreditar su personalidad
exclusivamente mediante la presentación del DNI, del pasaporte o del carnet de conducir,
junto con el ejemplar para la persona interesada del impreso de solicitud de admisión a las
pruebas.
El incumplimiento de este requisito por alguna persona determinará la exclusión de
ésta de la realización de las pruebas.
Las copias o fotocopias de estos documentos no serán válidas en ningún caso.
cve: BOE-A-2011-10258
Núm. 140