II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2011-10264)
Resolución de 1 de junio de 2011, de la Universidad de Vigo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Lunes 13 de junio de 2011

Sec. II.B. Pág. 60380

3.3 Con la instancia se adjuntarán necesariamente los siguientes documentos,
siendo causa de exclusión la falta de alguno de ellos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad. Quien sea aspirante, no posea la
nacionalidad española y tenga derecho a participar deberá presentar fotocopia del
documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el
vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de quien sea nacional
de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración
jurada o promesa de no estar separados de derecho de su cónyuge y, si es el caso, del
hecho de que vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Fotocopia compulsada del título de doctor o doctora. Cuando corresponda, deberá
acompañarse de la credencial de homologación o reconocimiento profesional.
c) Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los
requisitos que se señalan en la letra “d” de la base 2.1.
d) En el supuesto de aspirantes que ocupen una plaza de cuerpos docentes
universitarios, certificado original (hoja de servicios) de la universidad u organismo del que
dependa, que acredite su desempeño. El Servicio de Personal Docente e Investigador
emitirá de oficio la hoja de servicios de los aspirantes que pertenezcan a esta universidad
y así lo hagan constar en su solicitud.
e) Justificante de haber abonado los derechos de examen.
3.4 Los errores de hecho que se pudiesen advertir se podrán enmendar en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada. Quien sea aspirante queda
vinculado a los datos que hiciese constar en su solicitud, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.1
para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, no se admitirá ninguna petición
de esta naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente
apreciada por la Universidad.
Cuarta.

Admisión de aspirantes.

4.1 En el plazo máximo de quince días hábiles desde la finalización del plazo de
presentación de solicitudes el rector de la Universidad de Vigo dictará una resolución
aprobando la relación provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de las
causas de exclusión, que será publicada en el tablón de anuncios del Registro General de
la Universidad de Vigo, que servirá de notificación para todos los efectos, y a título
divulgativo en los tablones de anuncios de sus registros auxiliares y en la dirección de
internet: http://persoal.uvigo.es/persoal_gl/PDI/Emprego/, apartado «convocatorias de
acceso».
4.2 Contra dicha resolución, las personas interesadas podrán presentar reclamación
ante el Rector, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su
publicación. Resueltas dichas reclamaciones se publicará en los mismos lugares la relación
definitiva de personas admitidas y excluidas.
Comisiones de acceso.

5.1 Las comisiones de acceso deberán procurar una composición equilibrada entre
mujeres y hombres, salvo cuando no sea posible por razones fundadas y objetivas,
debidamente motivadas. De acuerdo con lo que establece el artículo 83 de los Estatutos
de la Universidad de Vigo, la composición de las comisiones es la que figura en el anexo III
de esta convocatoria y tendrá la categoría primera de las recogidas en el artículo 30 del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Salvo petición expresa de la presidencia y debidamente autorizada, cada comisión
tendrá su sede y actuará en el centro en el que tenga su sede el departamento al que está
adscrita la plaza convocada.

cve: BOE-A-2011-10264

Quinta.