III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Incentivos regionales. (BOE-A-2011-10274)
Orden EHA/1588/2011, de 30 de mayo, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que declara el incumplimiento de condiciones de expedientes acogidos a la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Lunes 13 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 60924

beneficiarios con motivo de la concesión de la subvención. Asimismo el punto 3 del citado
artículo 37 determina que tratándose de incumplimiento referente a la condición de la
cuantía de la inversión el alcance del incumplimiento se determinará proporcionalmente a
la inversión dejada de practicar o practicada indebidamente, siempre que no exceda del 50
por ciento; igualmente el apartado 4 determina que tratándose de incumplimiento de
condiciones referentes a la creación y mantenimiento de puestos de trabajo el alcance del
incumplimiento se determinará en la proporción en que dicha condición haya quedado
incumplida y si supera el 50 por ciento o tuviera como resultado la destrucción del empleo
se entenderá que es total; el apartado 6 del mismo artículo establece que si el incumplimiento
derivara de la inobservancia de alguna condición o supuesto distinto de los anteriores, su
alcance será determinado en función del grado y de la entidad de la condición incumplida.
Por último el apartado 7 determina que la concurrencia de distintas causas de incumplimiento
dará lugar a la apreciación conjunta de las mismas.
Vistos: La Ley 50/1985, de 27 de diciembre, el Real Decreto 1535/1987, de 11 de
diciembre, modificado por los Reales Decretos 302/1993, de 26 de febrero y 2315/1993,
de 29 de diciembre, el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley
50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, y el Real Decreto Legislativo
1091/1988, de 23 de septiembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General
Presupuestaria, la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, la Ley General de
Subvenciones de 17 de noviembre de 2003 y demás disposiciones de aplicación, así como
los informes de la Dirección General de Fondos Comunitarios.
La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a propuesta del
Ministerio de Economía y Hacienda, resuelve:
Declarar el incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los
incentivos regionales a las empresas relacionadas en el anexo de este Acuerdo. En
consecuencia, se modifica el importe de las subvenciones concedidas en proporción al
alcance del incumplimiento según se detalla en el anexo.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados,
podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos, en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de la notificación del mismo, o bien, recurso contencioso-administrativo, ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses,
contados desde el día siguiente a la notificación del mismo.
Anexo al acuerdo de declaración de incumplimiento de condiciones en expedientes
de concesión de incentivos regionales

Núm. expte.

PO/953/P05
AL/626/P08
J/535/P08

Titular

Treves Galicia, S.L.U.
Inversiones Plásticas TPM Agrícola, S.A.
Transformados de la Madera Faro, S.L.

http://www.boe.es

Cantidades
percibidas

Euros

Alcance del
incumplimiento

Porcentaje

Subvención
concedida

Euros

Subvención
procedente

Euros

0
0
0

100
100
17,86

1.823.202,57
318.708,24
1.213.201,56

0
0
996.523,76

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2011-10274

Relación de empresas afectadas