III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Becas. (BOE-A-2011-10276)
Orden EDU/1589/2011, de 31 de mayo, por la que se convocan becas de formación en evaluación y estadística educativa en el Instituto de Evaluación, complementaria de la Orden EDU/2832/2010, de 27 de octubre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Lunes 13 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 60938

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
10276

Orden EDU/1589/2011, de 31 de mayo, por la que se convocan becas de
formación en evaluación y estadística educativa en el Instituto de Evaluación,
complementaria de la Orden EDU/2832/2010, de 27 de octubre.

La evaluación permanente del sistema educativo constituye un factor fundamental
para la mejora de la calidad de la educación. La Ley Orgánica de Educación dedica su
título VI a la Evaluación del Sistema Educativo, que encomienda al Instituto de Evaluación.
Mediante Orden EDU/2832/2010, de 27 de octubre («BOE» de 4 de noviembre), se
convocaron becas de formación en los distintos campos educativos desarrollados por las
unidades dependientes del Departamento de Educación para 2011, adjudicándose 18
becas de formación en evaluación y estadística educativa en el Instituto de Evaluación, por
Resolución de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial. Una vez
aprobado el presupuesto del Departamento para 2011, existe crédito para la convocatoria
de cuatro nuevas plazas.
En consecuencia, el Ministerio de Educación ha resuelto efectuar una convocatoria
complementaria para la adjudicación, mediante concurrencia competitiva, de cuatro becas
para la formación en evaluación y estadística educativa en el Instituto de Evaluación,
durante el año 2011.
La presente convocatoria se realiza de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba su Reglamento, y previos los informes de la Abogacía del
Estado y de la Intervención Delegada del Departamento, dispongo:
Primero.–Convocatoria.
1. Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 4 becas de formación en el
Instituto de Evaluación.
2. La beca de formación se define como aquella ayuda pública de carácter económico,
cualquiera que sea su denominación, que tenga por finalidad la formación del beneficiario
en el ámbito de actividades, funciones y competencias de la Administración Pública.
3. Las becas a las que se refiere la presente Orden se ajustarán a lo dispuesto en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento de dicha
Ley, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, así como a lo establecido en la orden ECI/1305/2005, de 20 de
abril («BOE» de 12 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

1. El objeto de la beca es la formación en evaluación y estadística educativa, tanto
en su dimensión teórica como a través de su participación y colaboración en las tareas que
le sean encomendadas en las unidades administrativas donde se realice su proceso de
formación.
2. Las becas de formación tendrán una duración de seis meses, desde el 1 de julio
al 31 de diciembre de 2011. No obstante, el titular de la Dirección General de Evaluación y
Cooperación Territorial podrá acordar la continuación de la formación del becario si las
exigencias formativas de los proyectos así lo aconsejasen y lo solicitase el Instituto de
Evaluación de manera justificada, hasta un máximo de 36 meses. Para ello será necesario
el informe favorable de la persona que haya ejercido la tutoría de la beca de formación y
la concurrencia en la correspondiente convocatoria.

cve: BOE-A-2011-10276

Segundo.–Objeto y duración.