III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2011-10105)
Resolución de 6 de junio de 2011, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convoca la concesión de subvenciones en el área de integración de personas inmigrantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 59918

3. Programas de aprendizaje de la lengua y la cultura del país de acogida, así como
programas destinados al mantenimiento de la cultura del país de origen, además de otro
tipo de acciones formativas e interculturales. Así mismo, se priorizarán aquellos programas
que impulsen las nuevas tecnologías (NTIC) y el cuidado y respeto del medioambiente.
4. Programas dirigidos al estudio de aspectos sociales y culturales vinculados a de
identidad de jóvenes de origen inmigrante, orientados al posterior diseño de actuaciones
relacionadas con cuestiones identitarias en este ámbito.
5. Programas que fomenten la participación de las familias inmigrantes en el proceso
educativo de sus hijos y en las actividades desarrolladas por la comunidad educativa.
6. Programas educativos que fomenten la sensibilización en las aulas.
7. Programas que fomenten la formación de profesores en el ámbito intercultural
8. Promoción del empoderamiento, capacitación y liderazgo de jóvenes
C3. Programas de salud.–En el marco de esta actuación se podrán desarrollar las
siguientes acciones:
1. Programas de prevención y promoción de la salud dirigidos a la población
inmigrante, con especial atención a los programas preventivos de salud sexual y
reproductiva, y los referidos a la vacunación infantil.
2. Programas de investigación o análisis sobre la prevalencia de determinadas
enfermedades en la población inmigrante y sobre los determinantes de salud de la
población inmigrante.
3. Programas que supongan la realización de talleres de formación y el diseño de
materiales con el fin de erradicar la mutilación genital.
4. Programas que fomenten la mediación socio sanitaria.
5. Programas que fomenten la formación de profesionales de la salud en ámbito
intercultural.
Se priorizarán los programas que tengan en cuenta la especial atención a grupos con
necesidades específicas (mujeres, jóvenes e infancia, personas mayores, personas
analfabetas o personas con alguna discapacidad).
C4. Programas a favor de las mujeres/programas específicamente dirigidos a
mujeres.–En el marco de esta actuación se podrán desarrollar las siguientes acciones:
1. Programas para favorecer el acceso, participación e implicación de las mujeres
inmigrantes en todos los ámbitos de la vida social.
2. Programas que promuevan el conocimiento, la sensibilización, la puesta en marcha
de acciones y la creación de redes de apoyo social a mujeres inmigrantes prostituidas y a
mujeres víctimas de trata con fines de explotación laboral o sexual, especialmente aquellos
programas que supongan una atención integral específica y aquellos que creen o refuercen
unidades móviles para atención a víctimas en circunstancias de aislamiento.
3. Programas que promuevan el conocimiento, la prevención, la sensibilización, la
puesta en marcha de acciones y la creación de redes de apoyo a personas víctimas de
violencia de género y sus hijos e hijas.
4. Programas que persiguen favorecer el acceso normalizado de las mujeres a
programas de carácter general, favoreciendo su empoderamiento, capacitación y
liderazgo.
C5. Programas de fomento de la participación.–En el marco de esta actuación se
podrán desarrollar las siguientes acciones:
1. Programas que fomenten el asociacionismo, la participación, la cooperación, el
intercambio de información y de buenas prácticas, así como que promuevan la constitución
de agrupaciones o federaciones de entidades.
2. Programas que desarrollen proyectos de integración en régimen de partenariado
entre asociaciones de inmigrantes y otras organizaciones de apoyo a la inmigración y del
tejido local.

cve: BOE-A-2011-10105

Núm. 138