III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2011-10105)
Resolución de 6 de junio de 2011, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convoca la concesión de subvenciones en el área de integración de personas inmigrantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Viernes 10 de junio de 2011

MINISTERIO
DE TRABAJO
E INMIGRACIÓN

SECRETARÍA DE ESTADO
DE INMIGRACIÓN
Y EMIGRACIÓN

ANEXO I

SOLICITUD DE SUBVENCIONES

Registro de presentación

1. Datos de la convocatoria:
Centro Directivo:

Sec. III. Pág. 59926

Registro de entrada

Dirección General de Integración de los Inmigrantes

20 _ _

Nº Exp.

Boletín Oficial del Estado

Denominación de
la Convocatoria:

FECHA

2. Datos de identificación de la entidad y del/de la representante legal:
C.I.F.:
Nombre o razón social:

Siglas

Domicilio:

Tfno.:

C.P.- Localidad:

Prov.:

e-mail:

Web:

Fax:
Ámbito:

Datos del/de la representante legal o apoderado/a:
Nombre:

D.N.I.:

Cargo:

3. Cuantía de la subvención solicitada:
3.1 Denominación de los programas anuales para los que se
solicita subvención

3.2 Prioridad según Anexo A

3.3 Cuantía solicitada (€)

1.
2.
3.
4.

IMPORTE TOTAL DE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA

Don/Dña. ____________________________________________________________, representante legal de la entidad solicitante,
certifica la veracidad de todos los datos obrantes en el presente Anexo.
La presente solicitud conlleva la AUTORIZACIÓN del/de la solicitante para que los datos personales contenidos en ella puedan
ser tratados automatizadamente e incorporados a los ficheros
protegidos del Ministerio de Trabajo e Inmigración.
Conforme a la L.O. 15/1999, de protección de datos de carácter personal, podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante escrito dirigido al órgano convocante.

_____________________, a _____ de _______________ de 20 ____

Firmado:__________________________________________________

cve: BOE-A-2011-10105

Los espacios sombreados están reservados para la Administración.
La resolución de esta solicitud se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de
la Resolución de convocatoria. Si trancurriera dicho plazo sin que se hubiera dictado y notificado la resolución, la solicitud se podrá
entender desestimada, (art. nº 25.5 Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).