I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-10057)
Real Decreto 712/2011, de 20 de mayo, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Artes gráficas que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138
Viernes 10 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 59488
ANEXO I
IDENTIFICACIÓN del certificado de profesionalidad
Denominación: Reprografía
Código: ARGI0309
Familia profesional: Artes Gráficas
Área profesional: Impresión
Nivel de cualificación profesional: 1
Cualificación profesional de referencia:
ARG410_1 Reprografía (RD 1179/2008 de 26 de Julio 2008)
Relación de unidades de competencia que configuran el certificado de
profesionalidad:
UC1322_1: Recepcionar y despachar encargos de reprografía
UC1323_1: Preparar los materiales y equipos y realizar la reproducción
UC1324_1: Realizar las operaciones de acabado en reprografía
Competencia general:
Recepcionar y despachar el encargo del cliente y realizar la reproducción,
encuadernación funcional y otros acabados propios de reprografía preparando los
materiales necesarios y ajustando las diferentes máquinas y equipos reprográficos
según las indicaciones de calidad y de producción establecidas aplicando el plan de
prevención de riesgos laborales y de protección ambiental.
Entorno Profesional:
Ámbito profesional:
Desarrolla su actividad en empresas de reprografía, artes gráficas, multiservicios
gráficos y comunicación gráfica y visual. En grandes, medianas o pequeñas empresas
con niveles muy diversos organizativo/tecnológicos. Se integra en un equipo de trabajo
donde desarrolla tareas individuales y en grupo relacionada con la reprografía. En
general dependerá orgánicamente de un responsable. La actividad se desarrolla por
cuenta propia o ajena.
Sectores productivos:
Esta actividad se constituye en su propio subsector de reprografía o bien forma parte
de los sectores productivos donde se desarrollan procesos de reproducción gráfica
o visual de textos o imágenes sobre cualquier material o medio sensible, incluidos
los soportes de informática grabados, fundamentalmente en el sector de las artes
gráficas, así como en los departamentos de reprografía de empresas de otros sectores
productivos: arquitectura, ingeniería, construcción, universidad, organismos oficiales e
instituciones educativas y culturales.
cve: BOE-A-2011-10057
I.
Núm. 138
Viernes 10 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 59488
ANEXO I
IDENTIFICACIÓN del certificado de profesionalidad
Denominación: Reprografía
Código: ARGI0309
Familia profesional: Artes Gráficas
Área profesional: Impresión
Nivel de cualificación profesional: 1
Cualificación profesional de referencia:
ARG410_1 Reprografía (RD 1179/2008 de 26 de Julio 2008)
Relación de unidades de competencia que configuran el certificado de
profesionalidad:
UC1322_1: Recepcionar y despachar encargos de reprografía
UC1323_1: Preparar los materiales y equipos y realizar la reproducción
UC1324_1: Realizar las operaciones de acabado en reprografía
Competencia general:
Recepcionar y despachar el encargo del cliente y realizar la reproducción,
encuadernación funcional y otros acabados propios de reprografía preparando los
materiales necesarios y ajustando las diferentes máquinas y equipos reprográficos
según las indicaciones de calidad y de producción establecidas aplicando el plan de
prevención de riesgos laborales y de protección ambiental.
Entorno Profesional:
Ámbito profesional:
Desarrolla su actividad en empresas de reprografía, artes gráficas, multiservicios
gráficos y comunicación gráfica y visual. En grandes, medianas o pequeñas empresas
con niveles muy diversos organizativo/tecnológicos. Se integra en un equipo de trabajo
donde desarrolla tareas individuales y en grupo relacionada con la reprografía. En
general dependerá orgánicamente de un responsable. La actividad se desarrolla por
cuenta propia o ajena.
Sectores productivos:
Esta actividad se constituye en su propio subsector de reprografía o bien forma parte
de los sectores productivos donde se desarrollan procesos de reproducción gráfica
o visual de textos o imágenes sobre cualquier material o medio sensible, incluidos
los soportes de informática grabados, fundamentalmente en el sector de las artes
gráficas, así como en los departamentos de reprografía de empresas de otros sectores
productivos: arquitectura, ingeniería, construcción, universidad, organismos oficiales e
instituciones educativas y culturales.
cve: BOE-A-2011-10057
I.