I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-10055)
Real Decreto 686/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Informática y comunicaciones que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Viernes 10 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 59159

CE5.5 Utilizar los canales de comunicación establecidos.
CE5.6 Respetar en todo momento las medidas de prevención de riesgos, salud
laboral y protección del medio ambiente.
Contenidos
1. Instalación, configuración y mantenimiento de sistemas microinformáticos
de acuerdo con los procedimientos de la empresa.
- Instalación y configuración del software de base.
- Participación en la instalación y configuración de redes de área local.
- Colaboración en la instalación, configuración, mantenimiento y asistencia
al usuario de paquetes informáticos de acuerdo con los procedimientos
empresariales.
2. Integración y comunicación en el centro de trabajo
- Comportamiento responsable en el centro de trabajo.
- Respeto a los procedimientos y normas del centro de trabajo.
- Interpretación y ejecución con diligencia las instrucciones recibidas.
- Reconocimiento de los canales de comunicación establecidos en el centro de
trabajo.
- Adecuación al ritmo de trabajo de la empresa.
- Seguimiento de las normativas de prevención de riesgos, salud laboral y
protección del medio ambiente.
PRESCRIPCIONES DE LOS FORMADORES

Módulos Formativos

M F 0 2 1 9 _ 2 :
Instalación
y
configuración de
sistemas operativos.

M F 0 2 2 0 _ 2 :
Implantación
de
los elementos de
la red local.

Acreditación requerida

• Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o
el título de grado correspondiente u
otros títulos equivalentes.
• Diplomado, Ingeniero Técnico,
Arquitecto Técnico o el título de
grado correspondiente u otros
títulos equivalentes.
• Técnico Superior de la familia
profesional de informática y
comunicaciones.
• Certificados de profesionalidad de
nivel 3 del área profesional de
Sistemas y telemática
• Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o
el título de grado correspondiente u
otros títulos equivalentes.
• Diplomado, Ingeniero Técnico,
Arquitecto Técnico o el título de
grado correspondiente u otros
títulos equivalentes.
• Técnico Superior de la familia
profesional de informática y
comunicaciones.
• Certificados de profesionalidad de
nivel 3 del área profesional de
Sistemas y telemática

*Experiencia profesional requerida en el
ámbito de la Unidad de competencia
Si se cuenta con
acreditación

Si no se cuenta con
acreditación

1 año

3 años

1 año

3 años
cve: BOE-A-2011-10055

IV.