III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. Instalaciones nucleares. (BOE-A-2011-10111)
Orden ITC/1571/2011, de 10 de marzo, por la que se concede la renovación de la autorización de explotación de la Central Nuclear de Cofrentes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Viernes 10 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 59963

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Orden ITC/1571/2011, de 10 de marzo, por la que se concede la renovación de
la autorización de explotación de la Central Nuclear de Cofrentes.

Por Orden del Ministerio de Economía, de fecha 19 de marzo de 2001, se otorgó a la
entidad «Iberdrola Generación, S.A.», una autorización de explotación para la central
nuclear de Cofrentes por un periodo de diez años, a partir del 20 de marzo de 2001,
estableciéndose en el anexo los límites y condiciones sobre seguridad nuclear y protección
radiológica asociados.
La citada Orden disponía que, con un mínimo de un año de antelación a la expiración
de la autorización de explotación, el titular podria solicitar del Ministerio una renovación de
la misma por un periodo no superior a diez años.
De acuerdo con lo anterior, con fecha 17 de marzo de 2010, se recibió en el Ministerio
de Industria, Turismo y Comercio la instancia del Director de la central nuclear de Cofrentes,
en nombre y representación de «Iberdrola Generación, S.A.», solicitando la renovación de
la autorización de explotación para dicha central por un período de diez años.
A esta solicitud se acompañaba la documentación preceptiva, que incluye las últimas
revisiones de los documentos oficiales de explotación, la revisión periódica de la seguridad
(RPS), la revisión del análisis probabilista de seguridad (APS), el análisis del envejecimiento
experimentado por los componentes, sistemas y estructuras de seguridad y el análisis de
la experiencia acumulada de explotación durante el período de vigencia de la
autorización.
Durante el período de vigencia de la autorización de explotación que ahora vence, el
Consejo de Seguridad Nuclear ha realizado un seguimiento y supervisión continuos de la
explotación de la central y del cumplimiento de las condiciones aplicables sobre seguridad
nuclear y protección radiológica. Asimismo, ha evaluado la revisión periódica de la
seguridad correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero de 1998 y el 31 de
diciembre de 2009, y el resto de la documentación presentada por el titular en apoyo a la
solicitud.
Con fecha 16 de febrero de 2011, el Consejo de Seguridad Nuclear ha emitido su
informe favorable a la renovación de la autorización de explotación por un periodo de diez
años, siempre que la explotación se ajuste a los límites y condiciones que se recogen en
el anexo al citado informe.
Vista la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre Energía Nuclear; la Ley 15/1980, de 22 de abril,
de creación del Consejo de Seguridad Nuclear, modificada por la Ley 33/2007, de 7
de noviembre; la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, modificada por la
Ley 17/2007, de 4 de julio; el Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se
aprobó el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas, modificado por el Real
Decreto 35/2008, de 18 de enero, y el Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se
aprobó el Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes.
Cumplidos los trámites ordenados por las disposiciones vigentes, teniendo en cuenta
el estado de cumplimiento del condicionado establecido en la Orden del Ministerio de
Economía de 19 de marzo de 2001, a propuesta de la Dirección General de Política
Energética y Minas y de acuerdo con el informe del Consejo de Seguridad Nuclear, en
virtud de lo establecido en los artículos 5 y 12.4 del Reglamento sobre instalaciones
Nucleares y Radiactivas, aprobado por Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre,
resuelvo:
Uno. Otorgar a la entidad «Iberdrola Generación, S.A.U.», la renovación de la
autorización de explotación de la central nuclear de Cofrentes.

cve: BOE-A-2011-10111

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