I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Títulos académicos. Currículo. (BOE-A-2011-10054)
Orden EDU/1564/2011, de 1 de junio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Energías Renovables.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138
Viernes 10 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 59108
Dibujo de planos de montaje de las instalaciones utilizando la simbología y escalas
normalizadas.
d)
Planificación del montaje de parques eólicos y/o huertos solares:
Etapas del proceso de montaje en las instalaciones solares y/o fotovoltaicas.
Establecimiento de las unidades de obra y los recursos humanos y materiales.
Especificación de los medios de trabajo, equipos, herramientas y útiles de medida y
comprobación.
Desarrollo de planes de aprovisionamiento y condiciones de almacenamiento de los
equipos y materiales.
Valoración de los costes de montaje a partir de unidades de obra.
Especificaciones técnicas de montaje y protocolos de pruebas.
Elaboración de manuales de instrucciones de servicio y de mantenimiento de las
instalaciones.
Identificación de la normativa de prevención de riesgos.
e) Supervisión de las operaciones en parques eólicos e instalaciones solares
fotovoltaicas:
Interpretación de documentación técnica, reconociendo los elementos, su función y su
disposición en el montaje de las instalaciones.
Selección de las herramientas y material necesario para las operaciones básicas en
instalaciones eólicas o fotovoltaicas.
Comprobación del correcto funcionamiento de los equipos y accesorios.
Supervisión de los valores de control.
Comprobación del empleo de elementos de protección individual definidos en el plan
de seguridad.
Ejecución de las operaciones según los procedimientos del sistema de calidad.
Actuación con criterios de respeto al medio ambiente.
f) Realización de la puesta en marcha o servicio de parques eólicos y huertos
solares:
Interpretación del plan de puesta en marcha de parques eólicos y huertos solares.
Selección de las herramientas e instrumentos adecuados.
Comprobación de la secuencia de funcionamiento de los elementos de control y
seguridad en las instalaciones.
Programación, regulación y calibrado los elementos y equipos según sus características
de funcionalidad.
Verificación de los parámetros de funcionamiento de los distintos elementos de los
parques.
Herramientas de mano, informáticas e instrumentos para la adecuada puesta en
marcha.
Normas de seguridad, de calidad y reglamentación vigente.
Documentación técnico-administrativa requerida para la puesta en servicio.
Identificación del tipo de mantenimiento.
Procesos de intervención, interpretando los programas de mantenimiento.
Comprobación de las existencias en el almacén.
Tareas, tiempos y recursos necesarios.
Selección de las herramientas e instrumentos adecuados.
Comprobación de la funcionalidad, los consumos eléctricos y parámetros de
funcionamiento, entre otros.
Ajuste y reprogramado de elementos y equipos.
cve: BOE-A-2011-10054
g) Intervenciones de mantenimiento de primer nivel en parques eólicos y huertos
solares:
Núm. 138
Viernes 10 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 59108
Dibujo de planos de montaje de las instalaciones utilizando la simbología y escalas
normalizadas.
d)
Planificación del montaje de parques eólicos y/o huertos solares:
Etapas del proceso de montaje en las instalaciones solares y/o fotovoltaicas.
Establecimiento de las unidades de obra y los recursos humanos y materiales.
Especificación de los medios de trabajo, equipos, herramientas y útiles de medida y
comprobación.
Desarrollo de planes de aprovisionamiento y condiciones de almacenamiento de los
equipos y materiales.
Valoración de los costes de montaje a partir de unidades de obra.
Especificaciones técnicas de montaje y protocolos de pruebas.
Elaboración de manuales de instrucciones de servicio y de mantenimiento de las
instalaciones.
Identificación de la normativa de prevención de riesgos.
e) Supervisión de las operaciones en parques eólicos e instalaciones solares
fotovoltaicas:
Interpretación de documentación técnica, reconociendo los elementos, su función y su
disposición en el montaje de las instalaciones.
Selección de las herramientas y material necesario para las operaciones básicas en
instalaciones eólicas o fotovoltaicas.
Comprobación del correcto funcionamiento de los equipos y accesorios.
Supervisión de los valores de control.
Comprobación del empleo de elementos de protección individual definidos en el plan
de seguridad.
Ejecución de las operaciones según los procedimientos del sistema de calidad.
Actuación con criterios de respeto al medio ambiente.
f) Realización de la puesta en marcha o servicio de parques eólicos y huertos
solares:
Interpretación del plan de puesta en marcha de parques eólicos y huertos solares.
Selección de las herramientas e instrumentos adecuados.
Comprobación de la secuencia de funcionamiento de los elementos de control y
seguridad en las instalaciones.
Programación, regulación y calibrado los elementos y equipos según sus características
de funcionalidad.
Verificación de los parámetros de funcionamiento de los distintos elementos de los
parques.
Herramientas de mano, informáticas e instrumentos para la adecuada puesta en
marcha.
Normas de seguridad, de calidad y reglamentación vigente.
Documentación técnico-administrativa requerida para la puesta en servicio.
Identificación del tipo de mantenimiento.
Procesos de intervención, interpretando los programas de mantenimiento.
Comprobación de las existencias en el almacén.
Tareas, tiempos y recursos necesarios.
Selección de las herramientas e instrumentos adecuados.
Comprobación de la funcionalidad, los consumos eléctricos y parámetros de
funcionamiento, entre otros.
Ajuste y reprogramado de elementos y equipos.
cve: BOE-A-2011-10054
g) Intervenciones de mantenimiento de primer nivel en parques eólicos y huertos
solares: