I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9994)
Real Decreto 685/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Hostelería y turismo que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido como anexo III del Real Decreto 1376/2008, de 1 de agosto, y los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1256/2009, de 24 de julio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 58423
CR4.1 La cantidad y el tipo de residuos generados por los procesos de
hostelería se verifica que se corresponden con lo establecido en los manuales de
procedimiento.
CR4.2 La recogida de los distintos tipos de residuos o desperdicios se realiza
siguiendo los procedimientos establecidos para cada uno de ellos.
CR4.3 El almacenamiento de residuos se lleva a cabo en la forma y lugares
específicos establecidos en las instrucciones, de acuerdo con la normativa
vigente.
CR4.4 Las condiciones de depuración y eliminación de residuos se comprueba
que son idóneas y que el funcionamiento de los equipos es correcto, regulándose
éstos, si fuera preciso, de acuerdo con el tipo de residuo y los requerimientos
establecidos en los manuales de procedimiento.
CR4.5 La reducción en la producción de desechos y en las cantidades de
productos consumidos y la reutilización de estos últimos se procura, siempre que
sea posible, durante el proceso de compra y aprovisionamiento.
RP5: Actuar según las normas de seguridad, higiene y salud, en las condiciones
adecuadas para prevenir los riesgos personales y ambientales.
CR5.1 Los derechos y deberes del trabajador y de la empresa o entidad se
reconocen en materia de seguridad.
CR5.2 Las normas vigentes en la materia y el plan de seguridad e higiene del
que disponga, en su caso, el establecimiento, se respetan y aplican, realizando
acciones preventivas, correctoras y de emergencia y aplicando las medidas
establecidas.
CR5.3 Los riesgos primarios se conocen y se toman las medidas preventivas
establecidas.
CR5.4 Los equipos de protección individual y los medios de seguridad general y
de control se identifican para cada actuación, utilizándolos y cuidándolos de forma
correcta.
CR5.5 El área de trabajo, como el puesto, entorno o servidumbres, se mantiene
libre de elementos que puedan resultar peligrosos y que puedan dificultar la
realización de otros trabajos.
CR5.6 Los productos químicos se manipulan con criterios de seguridad,
caducidad, orden de consumo y protección ambiental, conforme a lo indicado en
su etiqueta.
CR5.7 La recogida selectiva de residuos se realiza y las alteraciones detectadas
en las condiciones ambientales o en el proceso de trabajo se notifican al
responsable, proponiendo medidas para su corrección o mejora.
CR5.8 Las medidas de precaución y protección, recogidas en la normativa
específica, e indicadas por las señales pertinentes, se cumplen durante la actividad
de hostelería.
CR5.9 La actuación ante posibles situaciones de emergencia se efectúa
siguiendo los procedimientos de control, aviso o alarma establecidos.
CR5.10 Los medios disponibles para el control de situaciones de emergencia
dentro de su entorno de trabajo, se utilizan eficazmente comprobando que quedan
en perfectas condiciones de uso.
CR5.11 La actuación en los ensayos de planes de emergencia y evacuación se
realiza conforme a las pautas prescritas.
CR5.12 Las técnicas sanitarias básicas y los primeros auxilios se aplican en
caso de accidentes.
RP6: Valorar la importancia del agua y de la energía y realizar un uso eficiente en las
actividades de hostelería reduciendo su consumo siempre que sea posible.
CR6.1 El mejor aprovechamiento de la luz natural se procura con el fin de ahorrar
energía.
cve: BOE-A-2011-9994
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 58423
CR4.1 La cantidad y el tipo de residuos generados por los procesos de
hostelería se verifica que se corresponden con lo establecido en los manuales de
procedimiento.
CR4.2 La recogida de los distintos tipos de residuos o desperdicios se realiza
siguiendo los procedimientos establecidos para cada uno de ellos.
CR4.3 El almacenamiento de residuos se lleva a cabo en la forma y lugares
específicos establecidos en las instrucciones, de acuerdo con la normativa
vigente.
CR4.4 Las condiciones de depuración y eliminación de residuos se comprueba
que son idóneas y que el funcionamiento de los equipos es correcto, regulándose
éstos, si fuera preciso, de acuerdo con el tipo de residuo y los requerimientos
establecidos en los manuales de procedimiento.
CR4.5 La reducción en la producción de desechos y en las cantidades de
productos consumidos y la reutilización de estos últimos se procura, siempre que
sea posible, durante el proceso de compra y aprovisionamiento.
RP5: Actuar según las normas de seguridad, higiene y salud, en las condiciones
adecuadas para prevenir los riesgos personales y ambientales.
CR5.1 Los derechos y deberes del trabajador y de la empresa o entidad se
reconocen en materia de seguridad.
CR5.2 Las normas vigentes en la materia y el plan de seguridad e higiene del
que disponga, en su caso, el establecimiento, se respetan y aplican, realizando
acciones preventivas, correctoras y de emergencia y aplicando las medidas
establecidas.
CR5.3 Los riesgos primarios se conocen y se toman las medidas preventivas
establecidas.
CR5.4 Los equipos de protección individual y los medios de seguridad general y
de control se identifican para cada actuación, utilizándolos y cuidándolos de forma
correcta.
CR5.5 El área de trabajo, como el puesto, entorno o servidumbres, se mantiene
libre de elementos que puedan resultar peligrosos y que puedan dificultar la
realización de otros trabajos.
CR5.6 Los productos químicos se manipulan con criterios de seguridad,
caducidad, orden de consumo y protección ambiental, conforme a lo indicado en
su etiqueta.
CR5.7 La recogida selectiva de residuos se realiza y las alteraciones detectadas
en las condiciones ambientales o en el proceso de trabajo se notifican al
responsable, proponiendo medidas para su corrección o mejora.
CR5.8 Las medidas de precaución y protección, recogidas en la normativa
específica, e indicadas por las señales pertinentes, se cumplen durante la actividad
de hostelería.
CR5.9 La actuación ante posibles situaciones de emergencia se efectúa
siguiendo los procedimientos de control, aviso o alarma establecidos.
CR5.10 Los medios disponibles para el control de situaciones de emergencia
dentro de su entorno de trabajo, se utilizan eficazmente comprobando que quedan
en perfectas condiciones de uso.
CR5.11 La actuación en los ensayos de planes de emergencia y evacuación se
realiza conforme a las pautas prescritas.
CR5.12 Las técnicas sanitarias básicas y los primeros auxilios se aplican en
caso de accidentes.
RP6: Valorar la importancia del agua y de la energía y realizar un uso eficiente en las
actividades de hostelería reduciendo su consumo siempre que sea posible.
CR6.1 El mejor aprovechamiento de la luz natural se procura con el fin de ahorrar
energía.
cve: BOE-A-2011-9994
Núm. 137