I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9994)
Real Decreto 685/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Hostelería y turismo que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido como anexo III del Real Decreto 1376/2008, de 1 de agosto, y los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1256/2009, de 24 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Jueves 9 de junio de 2011

Módulos Formativos

Experiencia profesional requerida
en el ámbito de la unidad
de competencia

Acreditación requerida

• Licenciado en: Ciencia y Tecnología de los
alimentos. Medicina y cirugía. Biología.
Bioquímica. Química. Enología. Farmacia.
MF0711_2:
Medicina. Veterinaria. Ciencias Ambientales.
Seguridad, higiene
Ciencias del Mar.
y protección
• Ingeniero Agrónomo.
ambiental
• Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad
en hostelería
en industrias agrarias y alimentarias.
• Diplomado en Nutrición Humana y
Dietética.

Si se cuenta
con
acreditación

Si no se cuenta
con acreditación

2 años

Imprescindible
requisito
de
titulación

REQUISITOS MÍNIMOS DE ESPACIOS, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO
Espacio Formativo

Superficie m2
15 alumnos

Superficie m2
25 alumnos

45
170

60
170

Aula de gestión.
Taller de alojamiento rural.

Espacio Formativo

Aula de gestión.
Taller de alojamiento rural.
Espacio Formativo

Aula de gestión

M1

M2

X

X

M3

M4

X

X

M5

X

Equipamiento

- Equipos audiovisuales.
- PCs instalados en red, cañón de proyección e internet.
- Software específico de la especialidad.
- Pizarras para escribir con rotulador.
- Rotafolios.
- Material de aula.
- Mesa y silla para formador.
- Mesas y sillas para alumnos.

cve: BOE-A-2011-9994

V.

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