I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9993)
Real Decreto 683/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Electricidad y electrónica que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido como Anexo III en el Real Decreto 1214/2009, de 17 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 58011

El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de
profesionalidad, modificado por el Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, ha
actualizado, en consonancia con la normativa mencionada, la regulación de los certificados
que se establecían en el anterior Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que
se establecen las directrices de los certificados de profesionalidad, que han sido
derogados.
En dicho Real Decreto 34/2008, modificado por Real Decreto 1675/2010, se define la
estructura y contenido de los certificados de profesionalidad, a partir del Catálogo Nacional
de las Cualificaciones Profesionales y de las directrices fijadas por la Unión Europea, y se
establece que el Servicio Público de Empleo Estatal, con la colaboración de los Centros de
Referencia Nacional, elaborará y actualizará los certificados de profesionalidad, que serán
aprobados por real decreto.
En este marco regulador procede que el Gobierno establezca seis certificados de
profesionalidad de la familia profesional Electricidad y electrónica de las áreas profesionales
de Instalaciones eléctricas, Equipos electrónicos e Instalaciones de telecomunicación que
se incorporarán al Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad por niveles de
cualificación profesional atendiendo a la competencia profesional requerida por las
actividades productivas, tal y como se recoge en el artículo 4.4 y en el anexo II del Real
Decreto 1128/2003, anteriormente citado.
Con la entrada en vigor del presente real decreto, el nuevo certificado de profesionalidad
«Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión» que en el mismo se
establece, sustituye al certificado de profesionalidad de la ocupación de Electricista de
edificios establecido en el Real Decreto 940/1997 de 20 de junio, que, en consecuencia,
queda derogado, al certificado de profesionalidad de la ocupación de Electricista industrial
establecido en el Real Decreto 2068/1995 de 22 de diciembre, que, en consecuencia,
queda derogado y al certificado de profesionalidad de la ocupación de Electricista de
mantenimiento establecido en el Real Decreto 336/1997 de 7 de marzo, que, en
consecuencia, queda derogado.
Con la entrada en vigor del presente real decreto, el nuevo certificado de profesionalidad
«Montaje y mantenimiento de instalaciones de megafonía, sonorización de locales y
circuito cerrado de televisión» que en el mismo se establece, sustituye al certificado de
profesionalidad de la ocupación de Instalador de equipos y sistemas de comunicaciones,
establecido en el Real Decreto 943/1997, de 20 de junio, que, en consecuencia, queda
derogado.
Con la entrada en vigor del presente real decreto, el nuevo certificado de profesionalidad
«Montaje y mantenimiento de redes eléctricas de alta tensión de segunda y tercera
categoría y centros de transformación» que en el mismo se establece, sustituye al
certificado de profesionalidad de la ocupación de Operario de líneas eléctricas de alta
tensión, establecido en el Real Decreto 408/1997, de 21 de marzo, que, en consecuencia,
queda derogado.
En el proceso de elaboración de este real decreto ha emitido informe el Consejo
General de la Formación Profesional, el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo
y ha sido informada la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo e Inmigración y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de mayo de 2011,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Este real decreto tiene por objeto establecer seis certificados de profesionalidad de la
familia profesional Electricidad y electrónica que se incluyen en el Repertorio Nacional de
certificados de profesionalidad, regulado por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el
que se regulan los certificados de profesionalidad, modificado por el Real Decreto 1675/2010,
de 10 de diciembre.

cve: BOE-A-2011-9993

Núm. 137