I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9992)
Real Decreto 682/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Agraria que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexos I, II, IV, VI, VII, VIII y XII en el Real Decreto 1375/2008 de 1 de agosto, el certificado de profesionalidad establecido como anexo I en el Real Decreto 1965/2008 de 28 de noviembre, y el certificado de profesionalidad establecido como anexo III en el Real Decreto 1211/2009, de 17 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Jueves 9 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 57789

la realización de la pela. CE6.3 descorchar el alcornoque atendiendo a los condicionantes
técnicos, con las herramientas específicas. CE6.4 Rajar panas de corcho para formar
planchas de tamaño adecuados. CE6.5 Clasificar las planchas y restos de corcho por
calidades. CE6.6 Pesar el corcho. CE6.7 ejecutar las labores anteriores adoptando
medidas de prevención de riesgos laborales, minimizando los impactos ambientales y
respetando la normativa aplicable, en particular, cuando los trabajos no se realizan desde
el suelo o sobre una escalera.
Contenidos. 1. Aprovechamientos forestales madereros. Reconocimiento, localización
e identificación «in situ» de la parcela. Apeo y procesado de árboles con motosierra. Apeo
y procesado con cosechadora forestal. Desembosque de la madera. Separación de la
madera por calidades en los puntos de carga. 2. Aprovechamientos forestales no madereros.
Realización del astillado de los restos de corta. Ejecución de las operaciones de empacado.
Destoconado y arranque de tocones. Trituración de restos con desbrozadora. Realización
del aprovechamiento del corcho. 3. Técnica de trepa en árboles. Revisión del lugar de
trabajo y estado del árbol. Colocación y ajuste de los elementos de sujeción y seguridad
personales. Elección de puntos de anclaje en función de las características del árbol y del
trabajo a realizar. Instalación del sistema de trepa y rescate. Ascensión, desplazamiento y
descenso del árbol. Realización de un simulacro de rescate. 4. Integración y comunicación
en el centro de trabajo. Comportamiento responsable en el centro de trabajo. Respeto a
los procedimientos y normas del centro de trabajo. Interpretación y ejecución con diligencia
las instrucciones recibidas. Reconocimiento del proceso productivo de la organización.
Utilización de los canales de comunicación establecidos en el centro de trabajo. Adecuación
al ritmo de trabajo de la empresa. Adaptación a las condiciones climatológicas adversas.
Educación del sentido de orientación. Seguimiento de las normativas de prevención de
riesgos, salud laboral y protección del medio ambiente».
Dos. Se modifica el certificado de profesionalidad establecido como «Anexo III
Aprovechamientos forestales», modificando las denominaciones de la unidades formativas
«UF0269 y UF0270» del apartado III Formación del certificado de profesionalidad, por las
denominaciones que aparecen en el apartado I Identificación del certificado.
Disposición final quinta.

Desarrollo normativo.

Se autoriza al Ministro de Trabajo e Inmigración para dictar cuantas disposiciones
sean precisas para el desarrollo de este real decreto.
Disposición final sexta.

Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 13 de mayo de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Trabajo e Inmigración,

cve: BOE-A-2011-9992

VALERIANO GÓMEZ SÁNCHEZ