I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9992)
Real Decreto 682/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Agraria que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexos I, II, IV, VI, VII, VIII y XII en el Real Decreto 1375/2008 de 1 de agosto, el certificado de profesionalidad establecido como anexo I en el Real Decreto 1965/2008 de 28 de noviembre, y el certificado de profesionalidad establecido como anexo III en el Real Decreto 1211/2009, de 17 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Jueves 9 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 57886

Relación de módulos formativos y de unidades formativas:
MF1125_2: Repoblación forestal y corrección hidrológico-forestal (120 horas).
• UF0505: Operaciones en repoblaciones forestales (50 horas).
• UF0506: Trabajos de corrección hidrológico-forestal (40 horas).
• UF0507: Apertura y mantenimiento de vías forestales (30 horas).
MF1126_2: Tratamientos silvícolas (180 horas).
• UF0508: Trabajos silvícolas y de protección del monte (60 horas).
• UF0006: (Transversal) Determinación del estado sanitario de las plantas, suelo e
instalaciones y elección de los métodos de control (60 horas).
• UF0007: (Transversal) Aplicación de métodos de control fitosanitarios en plantas,
suelo e instalaciones (60 horas).
MF1121_2: (Transversal) Manejo y mantenimiento de tractores forestales (110
horas).
• UF0273: Funcionamiento y mantenimiento de tractores forestales (60 horas).
• UF0274: Manejo de tractores forestales (50 horas).
MP0109: Módulo de prácticas profesionales no laborales de repoblaciones forestales
y tratamientos silvícolas (80 horas).
Vinculación con capacitaciones profesionales
La formación recogida en el presente real decreto en el módulo formativo de tratamientos
selvícolas garantiza el nivel de conocimiento necesario para posibilitar la realización
de tratamientos plaguicidas en el nivel de capacitación cualificado, de acuerdo con las
exigencias del Real Decreto 3349/1983, de 30 de noviembre, por el que se aprueba la
Reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de
plaguicidas, los aplicadores y el personal de las empresas dedicadas a la realización
de tratamientos plaguicidas y de la Orden PRE/2922/2005, de 19 de septiembre de
2005, por la que se modifica la Orden de 8 de marzo de 1994, por la que se establece
la normativa reguladora de la homologación de cursos de capacitación para realizar
tratamientos con plaguicidas.
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II. PERFIL PROFESIONAL DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD
Unidad de competencia 1
Denominación: REALIZAR OPERACIONES DE REPOBLACIÓN FORESTAL Y DE
CORRECCIÓN HIDROLÓGICO-FORESTAL
Nivel: 2
Código: UC1125_2

RP1: Realizar los trabajos de repoblación forestal para lograr la implantación de la
masa forestal, ajustándose a las prescripciones del proyecto o plan técnico.
CR1.1.Los trabajos de eliminación de la vegetación preexistente se realizan para
facilitar los trabajos posteriores y asegurar unas condiciones libres de competencia
a la vegetación implantada.
CR1.2.Los trabajos de preparación del suelo se realizan para conseguir que las
plantas o semillas arraiguen en un medio más adecuado.

cve: BOE-A-2011-9992

Realizaciones profesionales y criterios de realización