I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9992)
Real Decreto 682/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Agraria que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexos I, II, IV, VI, VII, VIII y XII en el Real Decreto 1375/2008 de 1 de agosto, el certificado de profesionalidad establecido como anexo I en el Real Decreto 1965/2008 de 28 de noviembre, y el certificado de profesionalidad establecido como anexo III en el Real Decreto 1211/2009, de 17 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Espacio Formativo
Otras Instalaciones (1).
Sec. I. Pág. 57884
Equipamiento
El centro formativo podrá asociarse para realizar las prácticas necesarias
del curso, con una explotación de ganado equino que cuente al menos
con animales de diferente raza, sexo y edad y con las siguientes
instalaciones:
• Cuadras corridas, boxes individuales, mangas, duchas, sestiles/
verderas, sala de extracciones/cubriciones, botiquín de ganado con
potro de inmovilización y herradero.
• Picadero cubierto, círculos para dar cuerda, caminador automático y
pistas de trabajo exteriores.
• Embarcadero y medios de transporte para el ganado.
• Silos y almiares para piensos y forrajes.
• Guadarnés.
(1) Espacio singular no necesariamente ubicado en el centro de formación.
No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban
diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial e
higiénico-sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad universal
y seguridad de los participantes.
El número de las unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y
herramientas que se especifican con el equipamiento de los espacios formativos, será
el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su caso para
atender a un número superior.
En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizaran las
adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en condiciones
de igualdad.
ANEXO IV
IDENTIFICACIÓN DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD
Denominación: REPOBLACIONES FORESTALES Y TRATAMIENTOS SILVÍCOLAS
Código: AGAR0208
Familia profesional: Agraria
Área profesional: Forestal
Nivel de cualificación profesional: 2
Cualificación profesional de referencia:
AGA345_2 Repoblaciones forestales y tratamientos silvícolas (R.D. 108/2008 de 1 de
febrero)
cve: BOE-A-2011-9992
I.
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Espacio Formativo
Otras Instalaciones (1).
Sec. I. Pág. 57884
Equipamiento
El centro formativo podrá asociarse para realizar las prácticas necesarias
del curso, con una explotación de ganado equino que cuente al menos
con animales de diferente raza, sexo y edad y con las siguientes
instalaciones:
• Cuadras corridas, boxes individuales, mangas, duchas, sestiles/
verderas, sala de extracciones/cubriciones, botiquín de ganado con
potro de inmovilización y herradero.
• Picadero cubierto, círculos para dar cuerda, caminador automático y
pistas de trabajo exteriores.
• Embarcadero y medios de transporte para el ganado.
• Silos y almiares para piensos y forrajes.
• Guadarnés.
(1) Espacio singular no necesariamente ubicado en el centro de formación.
No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban
diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial e
higiénico-sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad universal
y seguridad de los participantes.
El número de las unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y
herramientas que se especifican con el equipamiento de los espacios formativos, será
el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su caso para
atender a un número superior.
En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizaran las
adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en condiciones
de igualdad.
ANEXO IV
IDENTIFICACIÓN DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD
Denominación: REPOBLACIONES FORESTALES Y TRATAMIENTOS SILVÍCOLAS
Código: AGAR0208
Familia profesional: Agraria
Área profesional: Forestal
Nivel de cualificación profesional: 2
Cualificación profesional de referencia:
AGA345_2 Repoblaciones forestales y tratamientos silvícolas (R.D. 108/2008 de 1 de
febrero)
cve: BOE-A-2011-9992
I.