IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2011-19329)
BERJA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Jueves 9 de junio de 2011

Sec. IV. Pág. 64749

Sin expresa imposición de costas.
Comuníquese esta sentencia, una vez que sea firme, al Registro Civil en donde
conste inscrito el matrimonio.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma
cabe interponer recurso de apelación, que deberá prepararse ante este Juzgado
en el plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de la misma
y de conformidad con lo preceptuado en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en
cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la Cuenta de este Juzgado n.º 0243
0000 33 1248 09 indicando en las observaciones del documento de ingreso que se
trata de un recurso, seguido del código 02 y tipo concreto de recurso, de
conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009 de 3 de noviembre, salvo
concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5º de la
disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia
jurídica gratuita.
Lo pronuncia, manda y firma Doña Noemí Lázare Gómez, Juez del Juzgado de
1.ª Instancia e Instrucción N.º 2 y de Violencia sobre la Mujer de Berja
Publicación.-Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la
suscribe estando celebrando audiencia pública, con mi asistencia, el Secretario; de
todo lo cual, doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Mohamed
Agharbou, extiendo y firmo la presente
Berja, 30 de mayo de 2011.- Secretario.

cve: BOE-B-2011-19329

ID: A110045840-1

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X