III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2011-9981)
Resolución de 26 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de revisión del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para la prestación mutua de servicios de administración electrónica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 57602

Entre los servicios ofrecidos por la Plataforma de validación y firma electrónica del
MPTAP se encuentran los siguientes:
Validación de firmas y certificados electrónicos.
Firma electrónica de ficheros y formularios.
Sellos de tiempos.
A efectos del presente anexo se utilizará la referencia al servicio de Validación de
Firma para referirse al conjunto de servicios prestados por la plataforma.
Habilita a cualquier aplicación informática de los órganos o entidades dependientes de
la Comunidad Autónoma a validar certificados digitales en procesos de autenticación y
firma electrónica de los certificados digitales admitidos por la Plataforma. Esta circunstancia
introduce, además, la no obligatoriedad por parte de la Comunidad Autónoma de suscribir
un acuerdo particular de colaboración con los Prestadores de Servicio de Certificación
emisores de los correspondientes certificados digitales con los que el MPTAP tenga firmado
un Convenio de colaboración que recoja estas circunstancias. A estos efectos, el MPTAP
facilitará la lista de Prestadores que incorporen esta facilidad.
En el caso de aquellos Prestadores de Servicios de Certificación con los que el MPTAP
no tenga firmado un Convenio al respecto, y mientras no concurra esta circunstancia, la
Comunidad Autónoma deberá disponer de los preceptivos Acuerdos vigentes con cada
Prestador.
3. Obligaciones del prestador del servicio.–El MPTAP, como prestador de los servicios
ofrecidos por la Plataforma de validación y firma electrónica, asume las siguientes
obligaciones:
a) Poner a disposición de la Comunidad Autónoma los servicios de validación y firma
electrónica ofrecidos por la Plataforma de servicios basada en @firma versión 5.0 ó
posteriores.
b) Disponer de entornos de prueba de la integración de los servicios con objeto de
garantizar la correcta operación de éstos con carácter previo a su puesta a disposición de
los usuarios finales.
c) Habilitar los mecanismos para ofrecer el soporte necesario a los equipos de
integración y desarrollo de la Comunidad Autónoma para la integración de sus aplicaciones
con el servicio.
d) Disponer de los recursos necesarios para atender y resolver las consultas e
incidencias derivadas del uso del servicio.
e) Proporcionar los elementos de auditabilidad de las operaciones realizadas que
permitan certificar el no repudio de las transacciones.
f) Mantener actualizado el software de aplicación de la Plataforma de validación y
firma electrónica con las últimas versiones de @firma.
g) Adoptar todas las medidas de seguridad necesarias para proteger debidamente la
información de los servicios ofrecidos a través de la Plataforma de validación y firma
electrónica.
h) Garantizar la escalabilidad, robustez, disponibilidad, integridad y confidencialidad
de todos los datos relacionados con la prestación del servicio de validación y firma
electrónica.
4. Obligaciones del usuario de los servicios.–La Comunidad Autónoma o Entidad
Local adherida, como usuario de los servicios ofrecidos por la Plataforma de validación y
firma electrónica, asume las siguientes obligaciones:
a) Realizar las labores de conectividad y despliegue pertinentes para poder acceder
desde sus propias dependencias o instalaciones a los servicios proporcionados por la
Plataforma.
La accesibilidad a los servicios ofrecidos por la Plataforma se llevará a cabo a través
del Sistema de Aplicaciones y Redes para las Administraciones (S.A.R.A.) desarrollado
por el MPTAP.

cve: BOE-A-2011-9981

Núm. 136