III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2011-9974)
Resolución de 24 de mayo de 2011, de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se publica el Convenio marco de colaboración con la Junta de Andalucía, en materia de datos e información meteorológica y climatológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Miércoles 8 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 57553

Octava. Naturaleza y jurisdicción.–Este Convenio marco de colaboración tiene naturaleza
administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30
de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP) aplicando, sin embargo, los principios
de esta ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse (artículo 4.2 LCSP).
Dada su naturaleza administrativa se regirá por lo dispuesto en los artículos 6 y 8 de la
Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común; por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de
marzo de 1990 (BOE de 16 de marzo), y por la legislación sobre la materia objeto del
Convenio y demás normas del Derecho administrativo aplicables.
Asimismo, las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento
del presente se resolverán de acuerdo a la competencia del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo.

cve: BOE-A-2011-9974

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas
partes firman el presente Convenio, en ejemplar cuadruplicado y a un solo efecto, y en
todas sus hojas; cada una de las partes queda en posesión de dos ejemplares, en el lugar
y fecha indicados.–El Presidente de la Agencia Estatal de Meteorología, Ricardo García
Herrera.–El Consejero de Medio Ambiente, José Juan Díaz Trujillo.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X