III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2011-9960)
Resolución de 16 de mayo de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora mercantil y de bienes muebles de Toledo, a inscribir una escritura de nombramiento de administrador único de una sociedad limitada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Miércoles 8 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 57408

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
9960

Resolución de 16 de mayo de 2011, de la Dirección General de los Registros y
del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora
mercantil y de bienes muebles de Toledo, a inscribir una escritura de
nombramiento de administrador único de una sociedad limitada.

En el recurso interpuesto por don Alberto, don Javier y don José Luis R. G., contra la
negativa de la Registradora Mercantil y de Bienes Muebles de Toledo, doña María del Pilar
del Olmo López, a inscribir una escritura de nombramiento de Administrador único de una
sociedad limitada.
Hechos
I
Con fecha 12 de noviembre de 2010 fue autorizada por el Notario de Rincón de la
Victoria, don Santiago Lauri Brotons, número de protocolo 1.969, la escritura de elevación
a público de acuerdos sociales de dos Juntas Generales, realizadas ante Notario, de la
sociedad «Proébora Técnica y Distribución, S.L.». En la primera de ellas don Javier y don
Alberto R. G. renunciaron a su cargo de administradores mancomunados y se acordó el
cese del otro administrador mancomunado inscrito, don Carlos R. G. Y en la segunda se
adoptó el acuerdo de cambio de órgano de administración y nombramiento de administrador
único, que recae en don José Luis R. G.

Dicha escritura fue presentada en el Registro Mercantil de Toledo con fecha 29 de
diciembre de 2010, causando el asiento 800 del Diario 70 y número de entrada 7536,
siendo calificada negativamente con el siguiente defecto: «Calificada junto con Acta
Notarial de presencia autorizada por el Notario de Talavera de la Reina don Fernando Félix
Picón Chisbert el 27 de julio de 2010, número 3.084: Se tiene que aportar el acta notarial
levantada por el mismo Notario el día 27 de septiembre de 2010, número 3.672, para
acreditar el cumplimiento de los requisitos del artículo 102 del Reglamento del Registro
Mercantil. En relación con la presente calificación (…) Toledo, a 3 de enero de 2011 La
Registradora (firma ilegible y sello con el nombre y apellidos de la Registradora)». Aportada
la documentación solicitada, la escritura en cuestión fue calificada negativamente con el
siguiente defecto: «Calificada junto con Acta Notarial de presencia autorizada por el Notario
de Talavera de la Reina Don Fernando Félix Picón Chisbert el 27 de julio de 2010,
número 3.084, y junto con el acta notarial levantada por el mismo Notario el día 27 de
septiembre de 2010, número 3.672: La Junta General que consta en el citado acta
número 3.672 de protocolo se encuentra indebidamente convocada, ya que al haberse
cesado el órgano de administración en la Junta General de fecha 28 de julio de 2010 la
convocatoria debería haberse realizado conforme al artículo 171 de la Ley de Sociedades
de Capital. No obstante lo anterior, el acta notarial de fecha 27 de Julio de 2010, número
de protocolo 3.084, relativa al cese de los administradores mancomunados, podría
inscribirse en el Registro previo desistimiento de la inscripción de ésta y solicitud de
inscripción de dicho acta. En relación con la presente calificación (…) Toledo, a 26 de
enero de 2011 La Registradora (firma ilegible y sello con el nombre y apellidos de la
Registradora)».

cve: BOE-A-2011-9960

II