III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Denominaciones de origen. (BOE-A-2011-9975)
Resolución de 12 de mayo de 2011, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se publica la Orden AAR/7/2010, de 12 de enero, de la Generalidad de Cataluña, de modificación de la Orden ARP/61/2006, de 17 de febrero, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen "Pla de Bages".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 57554
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL
Y MARINO
9975
Resolución de 12 de mayo de 2011, de la Dirección General de Industria y
Mercados Alimentarios, por la que se publica la Orden AAR/7/2010, de 12 de
enero, de la Generalidad de Cataluña, de modificación de la Orden ARP/61/2006,
de 17 de febrero, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de
Origen «Pla de Bages».
El 20 de enero de 2010 se publicó en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña»
la Orden AAR/7/2010, de 12 de enero, del Consejero de Agricultura, Alimentación y Acción
Rural de la Generalidad de Cataluña, de modificación de la Orden ARP/61/2006, de 17 de
febrero, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen «Pla de
Bages».
La Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino, prevé, en su artículo 32, la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la normativa específica de las
denominaciones de origen aprobada por las comunidades autónomas, a efectos de su
protección nacional, comunitaria e internacional.
A tal fin, ha sido remitida al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino,
certificación de la citada Orden AAR/7/2010, de 12 de enero, cuya publicación debe
ordenarse.
En su virtud, de conformidad con las facultades atribuidas a esta Dirección General,
acuerdo:
La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Orden AAR/7/2010, de 12 de
enero, del Consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural de la Generalidad de
Cataluña, de modificación de la Orden ARP/61/2006, de 17 de febrero, por la que se
aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen «Pla de Bages», que figura como
anexo de la presente resolución, a efectos de su protección nacional, comunitaria e
internacional.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de
su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Secretario General de Medio
Rural, de conformidad con lo prevenido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 12 de mayo de 2011.–La Directora General de Industria y Mercados Alimentarios,
Isabel Bombal Díaz.
ANEXO
El Consejo regulador de la Denominación de Origen Pla de Bages propone la
modificación del Reglamento de esta denominación de origen, con el fin de incluir en la
zona de producción prevista en el anexo 2, el municipio de Aguilar de Segarra, dado que
de acuerdo con los informes técnicos correspondientes, este municipio reúne características
similares a los municipios que integran la zona de producción de la Denominación de
Origen Pla de Bages.
cve: BOE-A-2011-9975
Orden AAR/7/2010, de 12 de enero, de modificación de la Orden ARP/61/2006, de 17 de
febrero, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Pla de
Bages
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 57554
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL
Y MARINO
9975
Resolución de 12 de mayo de 2011, de la Dirección General de Industria y
Mercados Alimentarios, por la que se publica la Orden AAR/7/2010, de 12 de
enero, de la Generalidad de Cataluña, de modificación de la Orden ARP/61/2006,
de 17 de febrero, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de
Origen «Pla de Bages».
El 20 de enero de 2010 se publicó en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña»
la Orden AAR/7/2010, de 12 de enero, del Consejero de Agricultura, Alimentación y Acción
Rural de la Generalidad de Cataluña, de modificación de la Orden ARP/61/2006, de 17 de
febrero, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen «Pla de
Bages».
La Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino, prevé, en su artículo 32, la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la normativa específica de las
denominaciones de origen aprobada por las comunidades autónomas, a efectos de su
protección nacional, comunitaria e internacional.
A tal fin, ha sido remitida al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino,
certificación de la citada Orden AAR/7/2010, de 12 de enero, cuya publicación debe
ordenarse.
En su virtud, de conformidad con las facultades atribuidas a esta Dirección General,
acuerdo:
La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Orden AAR/7/2010, de 12 de
enero, del Consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural de la Generalidad de
Cataluña, de modificación de la Orden ARP/61/2006, de 17 de febrero, por la que se
aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen «Pla de Bages», que figura como
anexo de la presente resolución, a efectos de su protección nacional, comunitaria e
internacional.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de
su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Secretario General de Medio
Rural, de conformidad con lo prevenido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 12 de mayo de 2011.–La Directora General de Industria y Mercados Alimentarios,
Isabel Bombal Díaz.
ANEXO
El Consejo regulador de la Denominación de Origen Pla de Bages propone la
modificación del Reglamento de esta denominación de origen, con el fin de incluir en la
zona de producción prevista en el anexo 2, el municipio de Aguilar de Segarra, dado que
de acuerdo con los informes técnicos correspondientes, este municipio reúne características
similares a los municipios que integran la zona de producción de la Denominación de
Origen Pla de Bages.
cve: BOE-A-2011-9975
Orden AAR/7/2010, de 12 de enero, de modificación de la Orden ARP/61/2006, de 17 de
febrero, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Pla de
Bages