II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2011-9952)
Orden TAP/1535/2011, de 27 de mayo, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Miércoles 8 de junio de 2011

Sec. II.B. Pág. 57315

c) Las certificaciones de los funcionarios destinados en el Ministerio de Defensa
serán expedidas, en todo caso, por la Subdirección General de Personal Civil del
Departamento cuando se trate de funcionarios destinados en Madrid, y por los Delegados
de Defensa cuando estén destinados en los servicios periféricos del Ministerio.
d) Las certificaciones de los funcionarios que se encuentren en servicio en
Comunidades Autónomas o en Corporaciones Locales, serán expedidas por el órgano
competente en materia de personal.
e) Las certificaciones para los funcionarios que se encuentren en situación administrativa
distinta a la de activo con derecho a reserva de puesto de trabajo, serán expedidas por las
unidades de personal donde hubieran tenido su último destino en servicio activo.
f) Las certificaciones para los funcionarios que se encuentren en situación
administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo, serán
expedidas por la Dirección o Subdirección General competente en materia de personal del
Departamento a que figure adscrito su Cuerpo o Escala, o por la Dirección General de la
Función Pública, si pertenecen a Cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio de Política
Territorial y Administración Pública, teniendo en cuenta que los servicios que se hayan
prestado en otras Administraciones Públicas, mientras el funcionario se encontrase en
dicha situación administrativa, serán acreditados por el órgano competente de la
Administración Pública en la que se prestasen los servicios.
g) En el caso de funcionarios de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos que se
encuentren en servicio activo destinados en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A.
o que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa y que
hayan ocupado su último destino en servicio activo en la misma, la certificación de los méritos
no específicos deberá ser expedida por la Unidad de personal de la citada Sociedad Estatal.
h) En el caso de funcionarios de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos en
situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa, cuyo último destino en servicio
activo fue en la Caja Postal de Ahorros, el certificado deberá ser expedido por la Subdirección
General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Hacienda.
4. Los funcionarios con alguna discapacidad podrán pedir en su solicitud la adaptación
del puesto o puestos de trabajo solicitados. A la solicitud se deberá acompañar un informe
expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación
y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o los
puestos solicitados (artículo 10 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre).
5. En el supuesto de estar interesados en los puestos de un mismo municipio que se
anuncian en este concurso dos funcionarios, aunque pertenezcan a distintos Cuerpos o
Escalas, podrán condicionar su petición por razones de convivencia familiar, al hecho de
que ambos obtengan destino en este concurso y en el mismo municipio, entendiéndose en
caso contrario anuladas las peticiones formuladas por ambos. Los concursantes que se
acojan a esta petición condicional deberán acompañar a su instancia una fotocopia de la
petición del otro.
Cuarta. Baremo.–La valoración de los méritos para la adjudicación de plazas se
efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
1.
1.1

Primera Fase:
Valoración de los méritos generales.

Por la posesión de grado personal consolidado se adjudicarán hasta un máximo de 3
puntos, según la distribución siguiente:
Por un grado personal superior al del nivel del puesto al que se concursa: 3 puntos.
Por un grado personal igual al del nivel del puesto al que se concursa: 2 puntos.
Por un grado personal inferior al del nivel del puesto al que se concursa: 1 punto.

cve: BOE-A-2011-9952

a) Valoración del grado personal consolidado en el Cuerpo o Escala desde el que se
concursa: