II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado. (BOE-A-2011-9950)
Orden EHA/1533/2011, de 1 de junio, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 57277
8.2. El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por
el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias
que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones
motivadas que estime pertinentes.
8.3. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
el Instituto Nacional de Estadística, Capitán Haya 51, Madrid, teléfono 91.583.72.03,
dirección de correo electrónico oposiciones@ine.es.
9. Desarrollo de los procesos selectivos
El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente
por el primero de la letra «U», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de
Estado para la Función Pública de 24 de enero de 2011 («BOE» de 27), por la que se hace
público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del
personal al servicio de la Administración del Estado.
10.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del
Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración
General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los
funcionarios civiles de la Administración General del Estado, el resto de la legislación
vigente en la materia y lo dispuesto en la presente Orden.
Contra la presente Orden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante la Sra. Ministra de Economía y Hacienda en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso–administrativo, en el plazo de dos meses desde su
publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose,
que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones
del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 1 de junio de 2011.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de
Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/2358/2008, de 31 de julio), la Subsecretaria de
Economía y Hacienda, Juana María Lázaro Ruiz.
ANEXO I
Descripción de los procesos selectivos y valoración
I. Procesos selectivos
Para la convocatoria por el sistema general de acceso libre:
I. A) Oposición.
I. B) Curso selectivo.
Para la convocatoria por el sistema de promoción interna:
I.A) Oposición.
cve: BOE-A-2011-9950
Los procesos selectivos constarán de las siguientes fases:
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 57277
8.2. El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por
el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias
que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones
motivadas que estime pertinentes.
8.3. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
el Instituto Nacional de Estadística, Capitán Haya 51, Madrid, teléfono 91.583.72.03,
dirección de correo electrónico oposiciones@ine.es.
9. Desarrollo de los procesos selectivos
El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente
por el primero de la letra «U», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de
Estado para la Función Pública de 24 de enero de 2011 («BOE» de 27), por la que se hace
público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del
personal al servicio de la Administración del Estado.
10.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del
Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración
General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los
funcionarios civiles de la Administración General del Estado, el resto de la legislación
vigente en la materia y lo dispuesto en la presente Orden.
Contra la presente Orden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante la Sra. Ministra de Economía y Hacienda en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso–administrativo, en el plazo de dos meses desde su
publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose,
que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones
del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 1 de junio de 2011.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de
Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/2358/2008, de 31 de julio), la Subsecretaria de
Economía y Hacienda, Juana María Lázaro Ruiz.
ANEXO I
Descripción de los procesos selectivos y valoración
I. Procesos selectivos
Para la convocatoria por el sistema general de acceso libre:
I. A) Oposición.
I. B) Curso selectivo.
Para la convocatoria por el sistema de promoción interna:
I.A) Oposición.
cve: BOE-A-2011-9950
Los procesos selectivos constarán de las siguientes fases: