III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2011-9901)
Resolución de 24 de mayo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial del IV Convenio colectivo de Exide Technologies, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Martes 7 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 55736
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN
9901
Resolución de 24 de mayo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica la revisión salarial del IV Convenio colectivo de Exide
Technologies, SAU.
Visto el texto de la revisión salarial del IV Convenio colectivo de la empresa Exide
Technologies, S.A.U. publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 27 de abril de 2011,
Código de Convenio n.º 90015282012005, que fue suscrito con fecha 18 de abril de 2011
por la Comisión Paritaria Interpretativa del Convenio, formada de una parte por los
designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por
los representantes de los trabajadores miembros del Comité Intercentros en representación
de los mismos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del
Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial del convenio colectivo en
el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Paritaria.
Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de mayo de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA INTERPRETATIVA DEL 4.º CONVENIO
COLECTIVO DE EMPRESA PARA LA EMPRESA EXIDE TECHNOLOGIES S.A.U.
(01/04/10–31/03/13)
Tablas de las condiciones económicas para el FY’12 (01/04/2011–31/03/2012)
Asistentes
Por la Parte Económica:
Sres.: Fernández Bravo, Guenee, Lázaro, Lez, Marco, Marqueta, Par, Periel, Pocorull,
Rivas, Sánchez.
Por la Parte Social:
Sres.: Andía (CC.OO), Mirallas (CC.OO), Salmerón (CC.OO), Baeza (CC.OO), Pinto
(CC.OO), Del Cura (CC.OO), Sebastián (CC.OO), Selles (CC.OO), De los Santos (CC.OO),
Barrero, (U.G.T.), Ortega (U.G.T.), Gil Oñoro (CSI*CSIF).
Delegados Sindicales:
Sres.: Villar (CC.OO), Rodríguez (MCA-UGT.), Dafonte (CSI*CSIF).
En Zaragoza, siendo las 12:00 h. del día 18 de abril del dos mil once, reunidos, los
Sres. al margen reseñados, en representación de la dirección de la empresa por una parte,
y de los representantes de los trabajadores de la empresa Exide Technologies S.A.U, con
domicilio social en Azuqueca de Henares (Guadalajara - Carretera Nacional II - MadridBarcelona, Km. 41,800 - C.P. 19200); por otra, y constituidos en la Comisión Paritaria
Interpretativa de la disposición adicional segunda del 4.º Convenio colectivo de empresa,
aprobado y firmado mediante acta final y firma de la comisión negociadora del 4.º Convenio
cve: BOE-A-2011-9901
Asesor: Sr. Moraleda (CSI*CSIF).
Núm. 135
Martes 7 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 55736
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN
9901
Resolución de 24 de mayo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica la revisión salarial del IV Convenio colectivo de Exide
Technologies, SAU.
Visto el texto de la revisión salarial del IV Convenio colectivo de la empresa Exide
Technologies, S.A.U. publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 27 de abril de 2011,
Código de Convenio n.º 90015282012005, que fue suscrito con fecha 18 de abril de 2011
por la Comisión Paritaria Interpretativa del Convenio, formada de una parte por los
designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por
los representantes de los trabajadores miembros del Comité Intercentros en representación
de los mismos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del
Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial del convenio colectivo en
el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Paritaria.
Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de mayo de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA INTERPRETATIVA DEL 4.º CONVENIO
COLECTIVO DE EMPRESA PARA LA EMPRESA EXIDE TECHNOLOGIES S.A.U.
(01/04/10–31/03/13)
Tablas de las condiciones económicas para el FY’12 (01/04/2011–31/03/2012)
Asistentes
Por la Parte Económica:
Sres.: Fernández Bravo, Guenee, Lázaro, Lez, Marco, Marqueta, Par, Periel, Pocorull,
Rivas, Sánchez.
Por la Parte Social:
Sres.: Andía (CC.OO), Mirallas (CC.OO), Salmerón (CC.OO), Baeza (CC.OO), Pinto
(CC.OO), Del Cura (CC.OO), Sebastián (CC.OO), Selles (CC.OO), De los Santos (CC.OO),
Barrero, (U.G.T.), Ortega (U.G.T.), Gil Oñoro (CSI*CSIF).
Delegados Sindicales:
Sres.: Villar (CC.OO), Rodríguez (MCA-UGT.), Dafonte (CSI*CSIF).
En Zaragoza, siendo las 12:00 h. del día 18 de abril del dos mil once, reunidos, los
Sres. al margen reseñados, en representación de la dirección de la empresa por una parte,
y de los representantes de los trabajadores de la empresa Exide Technologies S.A.U, con
domicilio social en Azuqueca de Henares (Guadalajara - Carretera Nacional II - MadridBarcelona, Km. 41,800 - C.P. 19200); por otra, y constituidos en la Comisión Paritaria
Interpretativa de la disposición adicional segunda del 4.º Convenio colectivo de empresa,
aprobado y firmado mediante acta final y firma de la comisión negociadora del 4.º Convenio
cve: BOE-A-2011-9901
Asesor: Sr. Moraleda (CSI*CSIF).