II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2011-9888)
Orden CIN/1524/2011, de 31 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, en el ámbito de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Martes 7 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 55675
Una vez superados los dos ejercicios, la calificación final de esta fase será la resultante
de sumar las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. Dicha fase podrá ser superada
por un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en la sede del Tribunal
señalada en la base 6.3 y en aquellos otros lugares que estime oportunos, la relación de
aspirantes aprobados con indicación de la puntuación final obtenida en esta fase.
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de
veinte días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de la relación de
aprobados, para aportar la documentación acreditativa de los méritos alegados.
2.
Fase de concurso:
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se
valorarán, hasta un máximo de 45 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 40 puntos.
A. Los servicios efectivos prestados en la Agencia Estatal Consejo Superior de
Investigaciones Científicas con vínculo de carácter temporal o interino, de acuerdo con la
siguiente progresión:
Un año: 5,75 puntos.
Dos años: 11,50 puntos.
Tres años: 17,25 puntos.
Cuatro años: 23 puntos.
Cinco años: 28,75 puntos.
Seis años: 34,5 puntos.
Siete años o más: 40 puntos.
La valoración de los servicios prestados como mérito en la fase de concurso únicamente
se realizará si el aspirante tiene la condición de funcionario interino de la Escala de
Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación la Agencia Estatal
Consejo Superior de Investigaciones Científicas, o la ha tenido en los últimos 3 años, a la
fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los servicios prestados se valorarán teniendo en cuenta los años completos, con
arreglo a las siguientes circunstancias:
Para el tiempo prestado como personal funcionario interino: Los servicios prestados
con este carácter.
Para el tiempo prestado como personal laboral temporal: Los servicios prestados con
este carácter, con excepción de los períodos de excedencia forzosa y suspensión de
contrato, excepto por incapacidad temporal, maternidad, paternidad (artículo 48 bis del
Estatuto de los Trabajados), excedencia para el cuidado de hijos, cónyuge y familiares y
excedencia por razón de violencia sobre la trabajadora en los términos del artículo 54 del
Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Méritos académicos: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Los funcionarios interinos a que se refiere la letra A) del apartado 2 en caso de solicitar
puntuación en la fase de concurso, deberán presentar certificación expedida por la
Subdirección General Adjunta de Recursos Humanos de la Agencia Estatal Consejo
Superior de Investigaciones Científicas.
La certificación será expedida en el modelo que figura como anexo VI a esta
convocatoria, haciendo mención expresa, entre otros extremos, de lo siguiente:
La condición de funcionario interino de la Escala de Ayudantes de Investigación de los
Organismos Públicos de Investigación del aspirante, a la fecha de finalización del plazo de
cve: BOE-A-2011-9888
B. La posesión de titulación académica superior a la exigida para la participación en
las pruebas selectivas: 5 puntos.
Núm. 135
Martes 7 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 55675
Una vez superados los dos ejercicios, la calificación final de esta fase será la resultante
de sumar las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. Dicha fase podrá ser superada
por un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en la sede del Tribunal
señalada en la base 6.3 y en aquellos otros lugares que estime oportunos, la relación de
aspirantes aprobados con indicación de la puntuación final obtenida en esta fase.
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de
veinte días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de la relación de
aprobados, para aportar la documentación acreditativa de los méritos alegados.
2.
Fase de concurso:
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se
valorarán, hasta un máximo de 45 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 40 puntos.
A. Los servicios efectivos prestados en la Agencia Estatal Consejo Superior de
Investigaciones Científicas con vínculo de carácter temporal o interino, de acuerdo con la
siguiente progresión:
Un año: 5,75 puntos.
Dos años: 11,50 puntos.
Tres años: 17,25 puntos.
Cuatro años: 23 puntos.
Cinco años: 28,75 puntos.
Seis años: 34,5 puntos.
Siete años o más: 40 puntos.
La valoración de los servicios prestados como mérito en la fase de concurso únicamente
se realizará si el aspirante tiene la condición de funcionario interino de la Escala de
Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación la Agencia Estatal
Consejo Superior de Investigaciones Científicas, o la ha tenido en los últimos 3 años, a la
fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los servicios prestados se valorarán teniendo en cuenta los años completos, con
arreglo a las siguientes circunstancias:
Para el tiempo prestado como personal funcionario interino: Los servicios prestados
con este carácter.
Para el tiempo prestado como personal laboral temporal: Los servicios prestados con
este carácter, con excepción de los períodos de excedencia forzosa y suspensión de
contrato, excepto por incapacidad temporal, maternidad, paternidad (artículo 48 bis del
Estatuto de los Trabajados), excedencia para el cuidado de hijos, cónyuge y familiares y
excedencia por razón de violencia sobre la trabajadora en los términos del artículo 54 del
Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Méritos académicos: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Los funcionarios interinos a que se refiere la letra A) del apartado 2 en caso de solicitar
puntuación en la fase de concurso, deberán presentar certificación expedida por la
Subdirección General Adjunta de Recursos Humanos de la Agencia Estatal Consejo
Superior de Investigaciones Científicas.
La certificación será expedida en el modelo que figura como anexo VI a esta
convocatoria, haciendo mención expresa, entre otros extremos, de lo siguiente:
La condición de funcionario interino de la Escala de Ayudantes de Investigación de los
Organismos Públicos de Investigación del aspirante, a la fecha de finalización del plazo de
cve: BOE-A-2011-9888
B. La posesión de titulación académica superior a la exigida para la participación en
las pruebas selectivas: 5 puntos.