III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Impacto ambiental. (BOE-A-2011-9858)
Resolución de 24 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental de la explotación del aeródromo privado La Pajarilla, término municipal de Martín Muñoz de las Posadas, Segovia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 55549

La capa vegetal en pista y umbrales será mantenida con objeto de minimizar la emisión
de partículas de polvo en tomas y despegues. Aparte del paso de segadora cuando así lo
requiera la actividad, no se emplearán herbicidas u otros productos contaminantes.
Aunque no se contempla la instalación de cerramiento perimetral, la utilización de la
finca evitará el paso de vehículos, que durante décadas han transitado de forma
indiscriminada por ella, creando un camino falso o viciado. Ello permitirá recuperar la masa
vegetal.
Se controlará el estado de mantenimiento de las aeronaves, con objeto de evitar las
pérdidas de combustible o aceite.
Salvo las señalizaciones obligatorias según las normas de aviación civil, cualquier
elemento que se introduzca en el entorno se hará con colores y formas que se integren y
mantengan el equilibrio paisajístico visual.
Para el correcto seguimiento y vigilancia se establecerá un registro documental de las
acciones efectuadas.
Teniendo en cuenta el contenido de los informes de los organismos consultados y sus
condiciones adicionales, que se refieren a la actividad desarrollada exclusivamente con
los nuevos parámetros establecidos por el promotor en la nueva documentación, en caso
de que en la explotación del aeródromo se prevea un aumento significativo del número de
vuelos indicado en dicha documentación (50 vuelos anuales), deberá informarse con
antelación a la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de
la Junta de Castilla y León y a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, para su valoración.
Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental
practicada según la sección 2.ª del capítulo II, artículos 16 y 17, y el análisis realizado con
los criterios del anexo III del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental
de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, no es previsible que el
proyecto de explotación del aeródromo privado La Pajarilla en Martín Muñoz de Las
Posadas (Segovia) vaya a producir impactos adversos significativos, siempre que se
cumplan los requisitos ambientales que se desprenden de la presente propuesta de
Resolución, entre ellos las condiciones que establece la Dirección General de Prevención
Ambiental y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León, y en especial el evitar
el sobrevuelo de espacios protegidos a alturas inferiores a 1.000 pies, por lo que no se
considera necesaria la tramitación prevista en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.
Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través
del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y
Medio Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de
obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido
en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer
directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde
el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 24 de mayo de 2011.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa
Ribera Rodríguez.
cve: BOE-A-2011-9858

Núm. 134