II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2011-9835)
Resolución de 19 de mayo de 2011, de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de junio de 2011

Sec. II.B. Pág. 55409

e) Documentación acreditativa de reunir los requisitos del artículo 4 del Real Decreto
1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a
cuerpos docentes universitarios.
8.6 Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera, en activo o en servicios
especiales, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás
requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar
certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de la condición de
funcionarios y de cuantas otras circunstancias consten en su hoja de servicios.
9. Comisiones de reclamaciones
9.1 Contra las propuestas de las comisiones, los concursantes podrán presentar
reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez días naturales contados a partir del
siguiente al de su publicación. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los
nombramientos hasta su resolución. Esta reclamación será valorada por la Comisión de
Reclamaciones según el procedimiento previsto en los artículos 10 del Real 1313/2007, de
5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos
docentes universitarios, y el artículo 107 de los Estatutos de la Universidad de Almería.
9.2 Previamente a la resolución, la Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros
de la Comisión contra cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación, y concederá
trámite de audiencia a los candidatos que hubieran participado en el concurso. Esta
Comisión examinará el expediente relativo al concurso, para velar por las garantías
establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo de tres meses,
tras lo que el Rector dictará la resolución de acuerdo con la propuesta de esta Comisión.
Transcurrido dicho plazo sin haber sido resuelta, se entenderá como rechazo de la
reclamación presentada.
9.3 La propuesta de la Comisión de Reclamaciones será vinculante para el Rector,
cuya resolución agotará la vía administrativa y será impugnable directamente ante la
jurisdicción contencioso- administrativa de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
10.

Nombramientos

10.1 El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el
Rector de la Universidad de Almería, después de que el candidato propuesto haya dado
cumplimiento a los requisitos de documentación establecidos en la base número 8. Dicho
nombramiento será publicado en el BOE y en el BOJA, y comunicado al Consejo de
Universidades.
10.2 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación del nombramiento en BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión de
su destino, momento en el que adquirirá la condición de funcionario del cuerpo docente
universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Almería, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación
de dicha resolución en B.O.E., según dispone los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98 de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. de 14 de
julio), pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición ante el Rector en el plazo de
un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución,
de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, en cuyo caso no cabrá
interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto éste no sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de
reposición interpuesto.
Almería, 19 de mayo de 2011.–El Rector, Pedro Roque Molina García.

cve: BOE-A-2011-9835

Núm. 134