Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejoncillo. (BOP-2025-3874)
BOP-2025-3874 Aprobación Reglamento Régimen Interno del Prog. Colaborativo Rural Ateneo "El Gajo".
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Obedecer las instrucciones del personal encargado de su formación, monitores y profesores,
en el ejercicio regular de sus funciones.
Se prohíbe la tendencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos
similares.
Adoptar medidas de Seguridad e Higiene en el Trabajo, utilizando correctamente las
protecciones y medios que el centro pone a su disposición.
Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección del monitor,
pudiendo ser adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de vigilancia y
control para verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación
del trabajador participante.
Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral,
cumplido con las tareas que les sean encomendadas por los profesores.
Guardar el debido respeto a los compañeros, manteniendo un trato de corrección y
colaborando con ellos en el trabajo cuando sea necesario.
Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material del programa y de la Entidad
Promotora.
Hacerse responsables del vestuario y de la herramienta que les sea entregada para su trabajo,
cuidándola y guardándola de modo conveniente y haciéndose cargo de su reposición en
caso de pérdida o deterioro por mal uso de la misma, siempre que se demuestre la falta de
diligencia del alumno en tales circunstancias. En tal sentido indicar que la ropa de trabajo ha
de ser utilizada únicamente en actividades desarrolladas en el programa y por personal
autorizado.
Utilizar el vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluidos los minutos
de descanso establecido
Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo
conscientes en todo momento de que de ellos depende la "imagen" que el Programa de
Empleo ofrece al Municipio y su entorno.
Informar al programa, en horario de 07:45 a 9, de la no-asistencia al trabajo cuando por
causas imprevistas se produzca la imposibilidad justificada de incorporación al Centro.
Comunicar al Equipo Formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda
afectar al rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto
del personal del programa, garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
Cuidar y mantener las condiciones higiénicas y de limpieza de las instalaciones puestas a
disposición del programa.
15. FALTAS:
A) Las faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en
los apartados siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
1.- Faltas leves:
La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as.
Faltas reiteradas de puntualidad (superar los cinco minutos pasados de la hora
estipulada), que no superen los 15 minutos en un mes.
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Cód.
Validación:
327EYFAF5LQGECAQ63SDL5GX4
Verificación:
https://torrejoncillo.sedelectronica.es/
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electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2025-3874
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Lunes, 28 de julio de 2025
N.º 0142
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