Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monroy. (BOP-2025-3870)
BOP-2025-3870 Aprobación Definitiva del Programa de Gestión de Colinas Felinas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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ARTÍCULO 4.º-ESTERILIZACIÓN, VACUNACIÓN Y DESPARASITACIÓN.
De conformidad con el artículo 38.2 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los
derechos y el bienestar de los animales, se procederá a la esterilización quirúrgica de todos los
gatos de la colonia, tanto hembras como machos, mediante la intervención de veterinario
habilitado para esta práctica.
El artículo 3.s) de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar
de los animales define la esterilización como el método clínico practicado por profesionales
veterinarios colegiados por el cual se realiza una intervención quirúrgica o medicamentosa
sobre el animal con el objetivo de evitar su capacidad reproductora.
Asimismo, se procederá a la esterilización temprana de animales prepúberes,
aproximadamente a los 4 meses de vida. La esterilización tiene que ser realizada con unas
garantías técnicas que aseguren la inocuidad del procedimiento.
Antes del retorno de los gatos a su colonia de origen, se procederá al marcaje auricular de los
mismos, extirpando el cuarto superior izquierdo de la oreja de las hembras y el derecho de la
oreja de los machos que se hayan esterilizado.
En el momento de la esterilización se procederá a la vacunación de los gatos de las colonias,
bajo el criterio de un profesional veterinario colegiado.
Asimismo, en el momento de la esterilización, se procederá a desparasitar a todos los gatos
con un antiparasitario de amplio espectro para parásitos internos y externos.
La desparasitación frente a parásitos internos y externos se realizará por profesional veterinario
colegiado, de acuerdo con el convenio que se firme al respecto.
ARTÍCULO 5.º-IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO.
De conformidad con el artículo 38.2 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los
derechos y el bienestar de los animales, los gatos serán identificados, en el momento de su
captura, esterilización y marcaje, mediante microchip, registrados bajo la titularidad del
Ayuntamiento.
Los datos relativos a los gatos de la colonia serán incluidos en un registro creado al efecto, que
deberá recoger los siguientes aspectos:
Evaluación sanitaria: estado general, existencia de parásitos, etc.
Colonia de procedencia
CVE:
BOP-2025-3870
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 28 de julio de 2025
N.º 0142
Pág. 17505
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ARTÍCULO 4.º-ESTERILIZACIÓN, VACUNACIÓN Y DESPARASITACIÓN.
De conformidad con el artículo 38.2 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los
derechos y el bienestar de los animales, se procederá a la esterilización quirúrgica de todos los
gatos de la colonia, tanto hembras como machos, mediante la intervención de veterinario
habilitado para esta práctica.
El artículo 3.s) de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar
de los animales define la esterilización como el método clínico practicado por profesionales
veterinarios colegiados por el cual se realiza una intervención quirúrgica o medicamentosa
sobre el animal con el objetivo de evitar su capacidad reproductora.
Asimismo, se procederá a la esterilización temprana de animales prepúberes,
aproximadamente a los 4 meses de vida. La esterilización tiene que ser realizada con unas
garantías técnicas que aseguren la inocuidad del procedimiento.
Antes del retorno de los gatos a su colonia de origen, se procederá al marcaje auricular de los
mismos, extirpando el cuarto superior izquierdo de la oreja de las hembras y el derecho de la
oreja de los machos que se hayan esterilizado.
En el momento de la esterilización se procederá a la vacunación de los gatos de las colonias,
bajo el criterio de un profesional veterinario colegiado.
Asimismo, en el momento de la esterilización, se procederá a desparasitar a todos los gatos
con un antiparasitario de amplio espectro para parásitos internos y externos.
La desparasitación frente a parásitos internos y externos se realizará por profesional veterinario
colegiado, de acuerdo con el convenio que se firme al respecto.
ARTÍCULO 5.º-IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO.
De conformidad con el artículo 38.2 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los
derechos y el bienestar de los animales, los gatos serán identificados, en el momento de su
captura, esterilización y marcaje, mediante microchip, registrados bajo la titularidad del
Ayuntamiento.
Los datos relativos a los gatos de la colonia serán incluidos en un registro creado al efecto, que
deberá recoger los siguientes aspectos:
Evaluación sanitaria: estado general, existencia de parásitos, etc.
Colonia de procedencia
CVE:
BOP-2025-3870
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 28 de julio de 2025
N.º 0142
Pág. 17505